A/RES/62/140 1. Subraya la necesidad de que se hagan efectivos de manera cabal y urgente los derechos que se conceden a la niña en los instrumentos de derechos humanos, e insta a los Estados a que, como cuestión prioritaria, consideren la posibilidad de firmar o ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño1 y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer2, o de adherirse a ellas; 2. Insta a los Estados a que consideren la posibilidad de firmar o ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 18 y los Protocolos facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño 19, o de adherirse a ellos; 17F 18F 3. Exhorta a los Estados a que consideren la posibilidad de firmar o ratificar la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad4 y su Protocolo facultativo, o de adherirse a ellos 20; 0H 19F 4. Insta a todos los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de firmar y ratificar el Convenio de 1973 sobre la edad mínima de admisión al empleo (Convenio No. 138) y el Convenio de 1999 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación (Convenio No. 182) de la Organización Internacional del Trabajo, o de adherirse a ellos; Insta a todos los gobiernos y al sistema de las Naciones Unidas a que 5. intensifiquen la labor bilateral y con organizaciones internacionales y donantes del sector privado a fin de alcanzar los objetivos del Foro Mundial sobre la Educación15 que todavía no se han cumplido plenamente, en especial el de eliminar para 2005 las disparidades por motivos de género en la educación primaria y secundaria, así como a fin de aplicar la Iniciativa de las Naciones Unidas para la Educación de las Niñas como medio de alcanzar ese objetivo, pide que se respeten los compromisos enunciados en la Declaración del Milenio 21, en particular los relativos a la educación, y reafirma dichos compromisos; 1H 20F 6. Exhorta a los Estados y a la comunidad internacional a que reconozcan el derecho a la educación basado en la igualdad de oportunidades y la no discriminación, para lo cual se ha de implantar la enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos los niños, de manera que todos los niños tengan acceso a una educación de buena calidad, se ha de poner la enseñanza secundaria al alcance de todos, en particular mediante la introducción gradual de la enseñanza gratuita, teniendo en cuenta que las medidas especiales para garantizar la igualdad de acceso, incluida la acción afirmativa, contribuyen al logro de la igualdad de oportunidades y a la eliminación de la exclusión, y se ha de asegurar la asistencia a la escuela, especialmente de las niñas y de los niños de familias de bajos ingresos; Exhorta a todos los Estados a que, cuando proceda, adopten medidas para 7. superar los obstáculos que se siguen oponiendo al logro de los objetivos establecidos en la Plataforma de Acción de Beijing10, como se indica en el 2H _______________ 18 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2131, No. 20378. Ibíd., vols. 2171 y 2173, No. 27531. 20 Resolución 61/106, anexo II. 21 Véase resolución 55/2. 19 4

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