Seguimiento de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento A/RES/73/143 Preocupada por las formas múltiples e interseccionales de discriminación que pueden crear nuevas vulnerabilidades para las personas de edad y afectar a su disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y observando que las mujeres de edad a menudo se enfrentan a múltiples formas de discriminación derivadas de la desigualdad de género, Reconociendo que la prevalencia de la discapacidad aumenta con la edad y que muchas personas de edad viven con una discapacidad, Reconociendo también que la exclusión social de las personas de edad es un proceso complejo que entraña la falta o denegación de recursos, derechos, bienes y servicios a medida que las personas envejecen, y la incapacidad de las per sonas de edad para participar en las relaciones y actividades sociales, disponibles para la mayoría de las personas de todos los múltiples y diversos ámbitos de la sociedad, y que afecta tanto a la calidad de vida de las personas de edad como a la equidad y cohesión de una sociedad que envejece en su conjunto, lo cual tiene consecuencias considerables para el disfrute por las personas de edad de sus derechos humanos, Reconociendo además la importancia de estudiar formas de aumentar la visibilidad de los problemas específicos a que se enfrentan las personas de edad, y la atención a dichos problemas, en el marco de las políticas de desarrollo mundiales, incluso determinando sus posibles deficiencias y la mejor forma de subsanarlas, Reconociendo la conclusión satisfactoria del tercer examen y evaluación del Plan de Acción de Madrid y los resultados conseguidos a nivel internacional, regional y nacional, y reconociendo a ese respecto las recomendaciones formuladas por la Comisión de Desarrollo Social en su 56º período de sesiones, aprobadas en la resolución 2018/6 del Consejo Económico y Social, de 17 de abril de 2018, 1. Reafirma la Declaración Política Error! Bookmark not defined. y el Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento (2002) 2; 2. Exhorta a todos los Estados y a la comunidad internacional a que brinden su cooperación, apoyo y participación a las iniciativas mundiales dirigidas a una implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 4 que tenga en cuenta a las personas de edad y a que movilicen todos los recursos y el apoyo necesarios a ese respecto, de conformidad con los planes y estrategias nacio nales, por medios como la adopción de un enfoque integrado y multifacético para mejorar el bienestar de las personas de edad, y a este respecto alienta a los Estados Miembros a que aprovechen esta oportunidad para tener en cuenta las cuestiones de interés para las personas de edad en las iniciativas que pongan en práctica para promover la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible; 3. Reconoce que las grandes dificultades a que se enfrentan las personas de edad menoscaban su participación social, económica y cultural; 4. Pone de relieve la necesidad de adoptar medidas eficaces contra el edadismo y de percibir a las personas de edad como contribuyentes activos a la sociedad y no como receptores pasivos de cuidados y asistencia y una carga inminente para los sistemas de bienestar y las economías, promoviendo y protegiendo al mismo tiempo sus derechos humanos; 5. Reconoce los problemas relacionados con el disfrute de todos los derechos humanos a que se enfrentan las personas de edad en diferentes esferas y que esos problemas requieren un análisis a fondo y acciones para subsanar las carencias de protección, y exhorta a todos los Estados a promover y garantizar el ejercicio pleno de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas de edad, incluso tomando medidas progresivamente para combatir la discriminación por edad, el abandono, el maltrato y la violencia, así como el aislamiento social y la soledad, a 18-22179 3/10

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