A/RES/55/174 y en condiciones de igualdad en la vida del país, la libertad de circulación, el acceso a la educación y los servicios de salud, el empleo fuera del hogar, la seguridad personal y a no estar sujetos a intimidación y hostigamiento, en particular en lo que se refiere a las consecuencias de las políticas discriminatorias para la distribución de la ayuda, a pesar de ciertos avances logrados con respecto al acceso a la educación y a la atención de la salud para las niñas y las mujeres; 16. Insta a todas las partes afganas a que prohíban la conscripción o el reclutamiento de niños o su utilización para participar en hostilidades en violación de las disposiciones del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados7; 17. Hace un llamamiento a todos los Estados y a la comunidad internacional para que velen por que toda la asistencia humanitaria a la población del Afganistán integre una perspectiva de género, vaya efectivamente encaminada a fomentar la participación de mujeres y hombres, y beneficie por igual a mujeres y hombres; 18. Expresa su reconocimiento a aquellos gobiernos que siguen acogiendo a refugiados afganos, hace un llamamiento a los gobiernos interesados a que reafirmen su compromiso con el derecho internacional de los refugiados relativo a los derechos de asilo y protección y exhorta a la comunidad internacional a que haga otro tanto; 19. Reconoce que en los países vecinos hay grandes cantidades de refugiados y exhorta a la comunidad internacional a que considere la posibilidad de prestar mayor asistencia a los refugiados afganos; 20. Expresa su preocupación por el hecho de que se sigan sembrando minas terrestres antipersonal e insta a todas las partes afganas a que ordenen que se ponga fin por completo al uso de minas terrestres, que sigue causando ingentes bajas entre la población civil y entorpece considerablemente la prestación de asistencia humanitaria, así como a que cumplan su deber de cooperar con el programa de las Naciones Unidas de actividades relativas a las minas y protejan a su personal; 21. Hace un llamamiento urgente a todos los Estados, al sistema de las Naciones Unidas y a las organizaciones internacionales y no gubernamentales para que sigan prestando a la población afgana, en tanto lo permitan las condiciones sobre el terreno, toda la asistencia financiera, técnica y material que sea posible, especialmente en las zonas más afectadas por la sequía, y facilitando el regreso voluntario en condiciones de seguridad de los refugiados y los desplazados internos; 22. Exhorta a la comunidad internacional a que atienda al llamamiento interinstitucional unificado para la prestación de asistencia humanitaria y de rehabilitación de emergencia al Afganistán que hizo el Secretario General el 29 de noviembre de 2000 para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2001, teniendo presente también la posibilidad de hacer contribuciones al Fondo Fiduciario de Emergencia para el Afganistán; 23. Pide al Secretario General que le presente en su quincuagésimo sexto período de sesiones un informe sobre las medidas adoptadas en cumplimiento de la presente resolución; 24. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo sexto período de sesiones, dentro del grupo de temas sobre la coordinación de la asistencia 7 Resolución 54/263, anexo I. 11

Sélectionner le paragraphe cible3

Se connecter à un paragraphe
Connect to an entity
Disable highlights
Ajouter à la table des matières