A/RES/79/173 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 19 de diciembre de 2024 Septuagésimo noveno período de sesiones Tema 71 b) del programa Promoción y protección de los derechos humanos: cuestiones de derechos humanos, incluidos otros medios de mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales Resolución aprobada por la Asamblea General el 17 de diciembre de 2024 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/79/458/Add.2, párr. 99)] 79/173. Las personas desaparecidas La Asamblea General, Guiada por los propósitos, principios y disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas, Guiada también por los principios y las normas del derecho internacional humanitario, en particular los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 1 y sus Protocolos Adicionales de 1977 2, así como los instrumentos y las normas internacionales de derechos humanos, en particular la Declaración Universal de Derechos Humanos 3, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 4 , el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 5, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 6, la Convención sobre los Derechos del Niño 7 y la Declaración y el Programa de Acción de Viena aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 1993 8, Recordando la adhesión de 76 Estados a la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas 9 y exhortando a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren, como cuestión prioritaria, __________________ 1 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 75, núms. 970 a 973. Ibid., vol. 1125, núms. 17512 y 17513. 3 Resolución 217 A (III). 4 Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. 5 Ibid. 6 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1249, núm. 20378. 7 Ibid., vol. 1577, núm. 27531. 8 A/CONF.157/24 (Part I), cap. III. 9 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2716, núm. 48088. 2 24-24213 (S) *2424213*

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