A/RES/79/173
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
19 de diciembre de 2024
Septuagésimo noveno período de sesiones
Tema 71 b) del programa
Promoción y protección de los derechos humanos:
cuestiones de derechos humanos, incluidos otros
medios de mejorar el goce efectivo de los derechos
humanos y las libertades fundamentales
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 17 de diciembre de 2024
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/79/458/Add.2, párr. 99)]
79/173.
Las personas desaparecidas
La Asamblea General,
Guiada por los propósitos, principios y disposiciones de la Carta de las Naciones
Unidas,
Guiada también por los principios y las normas del derecho internacional
humanitario, en particular los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 1 y sus
Protocolos Adicionales de 1977 2, así como los instrumentos y las normas internacionales
de derechos humanos, en particular la Declaración Universal de Derechos Humanos 3, el
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 4 , el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos 5, la Convención sobre la Eliminación de
Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer 6, la Convención sobre los Derechos
del Niño 7 y la Declaración y el Programa de Acción de Viena aprobados por la
Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 1993 8,
Recordando la adhesión de 76 Estados a la Convención Internacional para la
Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas 9 y exhortando a
los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren, como cuestión prioritaria,
__________________
1
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 75, núms. 970 a 973.
Ibid., vol. 1125, núms. 17512 y 17513.
3
Resolución 217 A (III).
4
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
5
Ibid.
6
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1249, núm. 20378.
7
Ibid., vol. 1577, núm. 27531.
8
A/CONF.157/24 (Part I), cap. III.
9
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2716, núm. 48088.
2
24-24213 (S)
*2424213*