A/HRC/47/38
e)
Apliquen plenamente las recomendaciones de los mecanismos
internacionales de derechos humanos y las decisiones jurídicas de los organismos y
tribunales regionales y nacionales que reconocen los derechos en materia de salud
sexual y reproductiva de las mujeres y las niñas;
f)
Adopten medidas para garantizar que los proveedores de servicios de
salud desempeñen sus funciones profesionales de acuerdo con los derechos humanos y
cumplan sus obligaciones éticas.
4.
Garantizar la participación de las mujeres y las niñas y promover
la responsabilidad de los hombres
79.
El Grupo de Trabajo recomienda que los Estados:
a)
Aumenten la representación y la participación efectiva de las mujeres y
las niñas en los procesos de toma de decisiones a todos los niveles y aseguren la paridad
de género, también en los procesos de prevención, gestión y recuperación de crisis;
b)
Recaben sistemáticamente la participación de organizaciones diversas de
derechos de la mujer y de organizaciones feministas en la formulación, la aplicación, el
seguimiento, la evaluación y la mejora continua de la legislación, las políticas y las
prácticas relacionadas con la salud sexual y reproductiva, así como en la identificación
y la eliminación de obstáculos;
c)
Creen procesos participativos que sean empoderadores, inclusivos,
accesibles y no discriminatorios, prestando especial atención a las mujeres y las niñas
que se hayan visto afectadas de forma desproporcionada por la crisis, especialmente en
las poblaciones privadas de derechos y marginadas, como las de personas migrantes,
refugiadas y e internamente desplazadas;
d)
Integren las perspectivas de género, edad, discapacidad e
interculturalidad en todas las políticas y prácticas y promuevan el liderazgo de las
mujeres y los jóvenes;
e)
Promuevan el compromiso y la responsabilidad de los hombres para hacer
frente a las situaciones generalizadas de sexismo, misoginia, violencia y masculinidad
tóxica y para defender los derechos en materia de salud sexual y reproductiva de las
mujeres y las niñas.
5.
Reaccionar frente a las ideologías conservadoras y contrarias a los derechos
humanos y la desinformación
80.
El Grupo de Trabajo recomienda que los Estados:
a)
Se movilicen activamente contra las ideologías políticas conservadoras de
carácter religioso y racial que menoscaban la igualdad de género;
b)
Se opongan a la desinformación y a las posturas religiosas que subvierten
los derechos en materia de salud sexual y reproductiva de las mujeres y las niñas;
c)
Se aseguren de que la ayuda y la asistencia internacionales, incluida la
asistencia humanitaria, se presten y operacionalicen de acuerdo con las normas de
derechos humanos y dando prioridad al respeto de los derechos humanos de las mujeres
y las niñas, sin restricciones perjudiciales;
d)
Apoyen al sistema de las Naciones Unidas para contrarrestar las
ideologías religiosas que se oponen a los derechos en materia de salud sexual y
reproductiva de las mujeres y las niñas, y garanticen que todos los procesos de las
Naciones Unidas se coordinen y se lleven a cabo respetando plenamente esos derechos;
e)
Se abstengan de utilizar su influencia política y financiera frente a los
Estados y los agentes no estatales para socavar y hacer retroceder los derechos de las
mujeres y las niñas, liderando o apoyando agendas ideológicas que son contrarias a las
normas de derechos humanos.
24
GE.21-05607
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