A/HRC/47/38 e) Apliquen plenamente las recomendaciones de los mecanismos internacionales de derechos humanos y las decisiones jurídicas de los organismos y tribunales regionales y nacionales que reconocen los derechos en materia de salud sexual y reproductiva de las mujeres y las niñas; f) Adopten medidas para garantizar que los proveedores de servicios de salud desempeñen sus funciones profesionales de acuerdo con los derechos humanos y cumplan sus obligaciones éticas. 4. Garantizar la participación de las mujeres y las niñas y promover la responsabilidad de los hombres 79. El Grupo de Trabajo recomienda que los Estados: a) Aumenten la representación y la participación efectiva de las mujeres y las niñas en los procesos de toma de decisiones a todos los niveles y aseguren la paridad de género, también en los procesos de prevención, gestión y recuperación de crisis; b) Recaben sistemáticamente la participación de organizaciones diversas de derechos de la mujer y de organizaciones feministas en la formulación, la aplicación, el seguimiento, la evaluación y la mejora continua de la legislación, las políticas y las prácticas relacionadas con la salud sexual y reproductiva, así como en la identificación y la eliminación de obstáculos; c) Creen procesos participativos que sean empoderadores, inclusivos, accesibles y no discriminatorios, prestando especial atención a las mujeres y las niñas que se hayan visto afectadas de forma desproporcionada por la crisis, especialmente en las poblaciones privadas de derechos y marginadas, como las de personas migrantes, refugiadas y e internamente desplazadas; d) Integren las perspectivas de género, edad, discapacidad e interculturalidad en todas las políticas y prácticas y promuevan el liderazgo de las mujeres y los jóvenes; e) Promuevan el compromiso y la responsabilidad de los hombres para hacer frente a las situaciones generalizadas de sexismo, misoginia, violencia y masculinidad tóxica y para defender los derechos en materia de salud sexual y reproductiva de las mujeres y las niñas. 5. Reaccionar frente a las ideologías conservadoras y contrarias a los derechos humanos y la desinformación 80. El Grupo de Trabajo recomienda que los Estados: a) Se movilicen activamente contra las ideologías políticas conservadoras de carácter religioso y racial que menoscaban la igualdad de género; b) Se opongan a la desinformación y a las posturas religiosas que subvierten los derechos en materia de salud sexual y reproductiva de las mujeres y las niñas; c) Se aseguren de que la ayuda y la asistencia internacionales, incluida la asistencia humanitaria, se presten y operacionalicen de acuerdo con las normas de derechos humanos y dando prioridad al respeto de los derechos humanos de las mujeres y las niñas, sin restricciones perjudiciales; d) Apoyen al sistema de las Naciones Unidas para contrarrestar las ideologías religiosas que se oponen a los derechos en materia de salud sexual y reproductiva de las mujeres y las niñas, y garanticen que todos los procesos de las Naciones Unidas se coordinen y se lleven a cabo respetando plenamente esos derechos; e) Se abstengan de utilizar su influencia política y financiera frente a los Estados y los agentes no estatales para socavar y hacer retroceder los derechos de las mujeres y las niñas, liderando o apoyando agendas ideológicas que son contrarias a las normas de derechos humanos. 24 GE.21-05607

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