A/RES/70/233
Situación de los derechos humanos en Myanmar
los desplazados internos a sus comunidades de origen y el acceso rápido y sin trabas
a la asistencia humanitaria sin discriminación, asegure la igualdad de acceso a los
servicios, en particular a los de salud y educación, así como el derecho a c ontraer
matrimonio y a registrar los nacimientos, y realice investigaciones completas,
transparentes e independientes de todas las denuncias de vulneraciones y abusos de
los derechos humanos para asegurar la rendición de cuentas y propiciar la
reconciliación;
15. Exhorta al Gobierno de Myanmar a que coopere plenamente con todas
las partes y posibilite el acceso pleno de la asistencia humanitaria a las personas y
comunidades afectadas, y, a este respecto, insta al Gobierno a que aplique los
diversos acuerdos de cooperación pendientes de aplicación concertados entre las
autoridades de Myanmar y la comunidad internacional con miras a que se distribuya
asistencia humanitaria a todas las zonas afectadas, incluido el estado de Rakáin, sin
discriminación de ningún tipo;
16. Subraya su gran preocupación por la difícil situación de los migrantes,
incluidas las personas en busca de asilo, y los refugiados en el mar de Andamán y la
bahía de Bengala y los que viajan por tierra, y, acogiendo con beneplácito el
compromiso de los Gobiernos de la región de proporcionar alojamiento temporal y
protección a los refugiados, alienta al Gobierno de Myanmar y a los demás países de
la región, las organizaciones regionales y la comunidad internacional a que sigan
tratando de salvar vidas, adopten medidas apropiadas para prevenir y combatir la
trata de personas y el tráfico ilícito de todos los tipos de migrantes, al tiempo que
ofrecen protección a las víctimas de la trata y a los migrantes objeto de tráfico
ilícito, y hagan frente a las causas profundas de esa migración;
17. Acoge con beneplácito que el Gobierno de Myanmar haya firmado
recientemente el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales 2 y el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño
relativo a la participación de niños en los conflictos armados 7, y que el Gobierno
haya progresado en cuanto al fin del reclutamiento y la utilización de niños
soldados, lo alienta a que considere la posibilidad de ratificar otras convenciones
internacionales de derechos humanos, incluido el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos 2 y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas
Crueles, Inhumanos o Degradantes 8, acoge con beneplácito también los contactos
del Gobierno con las Naciones Unidas, las organizaciones regionales y otros
agentes, y lo alienta a cumplir íntegramente los acuerdos y compromisos
pertinentes, en especial el plan de acción de 2012 para erradicar e impedir el
reclutamiento y la utilización de niños por las fuerz as armadas y el compromiso de
poner fin al trabajo forzoso antes del fin de 2015;
18. Insta al Gobierno de Myanmar a que siga facilitando la labor de la
Relatora Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre la situación de los
derechos humanos en Myanmar y le otorgue un acceso sin trabas al país, teniendo
presente que en su visita más reciente experimentó esta falta de acceso, en particular
al estado de Rakáin, y a que cumpla sin más demora su compromiso de abrir una
oficina en el país con un mandato completo y de conformidad con el mandato del
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos;
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Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2173, núm. 27531.
Ibid., vol. 1465, núm. 24841.