A/RES/60/177
26. Somos conscientes del reto que representan la investigación y el
juzgamiento de casos complejos relacionados con la comisión de delitos económicos
y financieros, incluido el blanqueo de dinero. Pedimos a los Estados Miembros que
fortalezcan las políticas, medidas e instituciones para la acción nacional y la
cooperación internacional en la prevención, investigación y juzgamiento de delitos
económicos y financieros, incluido el blanqueo de dinero, y los delitos que se
cometen recurriendo a las tecnologías de la información, o que se ven facilitados
por ellas, en particular en relación con la financiación del terrorismo y el tráfico de
drogas ilícitas.
27. Somos conscientes de la importancia fundamental de luchar contra la
falsificación de documentos y de identidad a fin de poner freno a la delincuencia
organizada y el terrorismo. Procuraremos mejorar la cooperación internacional,
incluso a través de la asistencia técnica, para combatir la falsificación de
documentos y de identidad, en particular la utilización fraudulenta de documentos
de viaje, mejorando las medidas de seguridad, así como alentar la aprobación de
legislación nacional apropiada.
28. Recomendamos que se faciliten contribuciones voluntarias y asistencia
técnica adecuada a los países en desarrollo, para reforzar su capacidad a fin de
apoyar sus esfuerzos por luchar eficazmente contra la delincuencia económica y
financiera.
29. Procuraremos utilizar y aplicar, según proceda, las reglas y normas de las
Naciones Unidas en nuestros programas nacionales de prevención del delito y
reforma de la justicia penal y realizar los esfuerzos necesarios para garantizar su
más amplia difusión. Procuraremos facilitar una capacitación adecuada a los
funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, incluidos los funcionarios de los
establecimientos penitenciarios, los fiscales, los funcionarios judiciales y otros
grupos profesionales pertinentes, teniendo en cuenta esas reglas y normas y las
mejores prácticas a nivel internacional.
30. Recomendamos que la Comisión de Prevención del Delito y Justicia
Penal considere la posibilidad de revisar la idoneidad de las reglas y normas en
relación con la administración penitenciaria y los reclusos.
31. Observamos con preocupación que las condiciones físicas y sociales que
conlleva el encarcelamiento pueden facilitar la propagación del VIH/SIDA en los
centros de prisión preventiva y los establecimientos penitenciarios y, por
consiguiente, en la sociedad, planteando de este modo un problema crítico de
administración penitenciaria; pedimos a los Estados que desarrollen y adopten
medidas y directrices, cuando proceda y de conformidad con su legislación
nacional, para asegurar que los problemas propios del VIH/SIDA se aborden
adecuadamente en esos establecimientos.
32. Para promover los intereses de las víctimas y la rehabilitación de los
delincuentes, reconocemos la importancia de seguir elaborando políticas,
procedimientos y programas en materia de justicia restaurativa que incluyan
alternativas del juzgamiento, a fin de evitar los posibles efectos adversos del
encarcelamiento, ayudar a reducir el número de causas que se presentan ante
tribunales penales y promover la incorporación de enfoques de justicia restaurativa
en las prácticas de justicia penal, según corresponda.
33. Afirmamos nuestra determinación de prestar particular atención a la
justicia de menores. Examinaremos formas de garantizar la prestación de servicios a
los niños que son víctimas de delitos y a los niños en conflicto con la ley,
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