A/RES/51/211 Página 3 15. Pide al Secretario General que establezca una cooperación más estrecha entre la Sede, la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra, la Oficina de las Naciones Unidas en Viena y la Oficina de las Naciones Unidas en Nairobi para mejorar la coordinación de los servicios de conferencias; 16. Pide a la Secretaría que entable, de forma periódica, un diálogo activo con los Estados Miembros como tarea habitual de la Sede, así como de la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra, la Oficina de las Naciones Unidas en Viena y la Oficina de las Naciones Unidas en Nairobi, para mejorar la coordinación de los servicios de conferencias; 17. Expresa su preocupación por el hecho de que no se haya satisfecho el 35% de las solicitudes de servicios de interpretación para las reuniones de agrupaciones regionales y otras agrupaciones importantes de Estados Miembros, habida cuenta de la importancia de esas reuniones para el buen funcionamiento de los órganos que se reúnen durante períodos de sesiones, al mismo tiempo que reconoce que se debe dar prioridad a los servicios para las reuniones de órganos creados en virtud de la Carta de las Naciones Unidas y de mandatos; 18. Insta a los órganos intergubernamentales a que no escatimen esfuerzos en la etapa de planificación para tener en cuenta las reuniones de agrupaciones regionales y otras agrupaciones importantes de Estados Miembros, prevean la celebración de esas reuniones en sus programas de trabajo y notifiquen a los servicios de conferencias cualquier cancelación con la suficiente antelación, de manera que los recursos destinados a servicios de conferencias que no se utilicen se puedan reasignar, en la medida de lo posible, a las reuniones de agrupaciones regionales y otras agrupaciones importantes de Estados; 19. Reitera su petición al Secretario General de que, dentro de los límites de los recursos solicitados para los servicios de conferencias en el bienio 1998-1999, proporcione servicios de interpretación para las reuniones de agrupaciones regionales y otras agrupaciones importantes de Estados Miembros, cuando esas agrupaciones lo soliciten, teniendo en cuenta la prioridad que corresponde a las reuniones incluidas en el calendario de conferencias y reuniones, y que por conducto del Comité de Conferencias le presente, en su quincuagésimo segundo período de sesiones, un informe sobre la aplicación de esta decisión; 20. Reafirma que, en la utilización de las salas de conferencias, debería darse prioridad a las reuniones de Estados Miembros; 21. Decide que debería mantenerse informados, según correspondiese, a los órganos que aceptaran invitaciones para celebrar conferencias y reuniones en países anfitriones, de la evolución de las negociaciones relativas al acuerdo con el país anfitrión durante los preparativos de tales conferencias o reuniones, con miras a facilitar la concertación oportuna del acuerdo antes de que tenga lugar la conferencia o reunión. 89a. sesión plenaria 18 de diciembre de 1996 B La Asamblea General, Recordando sus resoluciones sobre el control y la limitación de la documentación, entre ellas las resoluciones 47/202 B, de 22 de diciembre /...

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