Derechos del niño
A/RES/70/137
n)
Aseguren, como garantes de derechos primarios, la realización del
ejercicio del derecho a la educación en todas las etapas de situaciones de
emergencia y apliquen estrategias y políticas a tal efecto como elemento integrante
de la asistencia y las respuestas humanitarias, dedicándoles los máximos recursos
disponibles, con el apoyo de la comunidad internacional, el sistema de las Naciones
Unidas, los donantes, los organismos multilaterales, el sector privado, la sociedad
civil y las organizaciones no gubernamentales;
o)
Aseguren una educación inclusiva y de calidad, entre otras cosas
mediante el fortalecimiento de los insumos, los procesos y la evaluación de los
resultados del aprendizaje y mecanismos para medir y vigilar los progresos, entre
otras cosas mediante la recopilación de datos desglosados, y velando por que los
maestros y educadores estén empoderados, debidamente contratados, bien formados,
cualificados y motivados y bien apoyados con recursos suficie ntes, eficientes y
dirigidos de manera eficaz, reconociendo la importancia de la cooperación regional
e internacional en este sentido;
p)
Garanticen aún más resultados de aprendizaje pertinentes y eficaces y
aseguren la adquisición de las competencias básicas de lectura, escritura y cálculo,
así como de aptitudes analíticas, de solución de problemas y otras habilidades
cognitivas, interpersonales y sociales de alto nivel;
q)
Adopten medidas concretas para respetar, proteger, promover y hacer
efectivo el derecho del niño al juego y a las actividades recreativas, en particular
promoviendo un plan de estudios que permita suficientes oportunidades para el
juego y las actividades recreativas, incluida la educación física y el deporte;
r)
Integren la educación y formación en materia de derechos humanos, la
educación para la democracia, junto con la educación cívica y la educación para el
desarrollo sostenible en sus sistemas de educación nacionales y subnacionales y, a
este respecto, desarrollen y fortalezcan los programas nacionales y subnacionales y
las actividades educativas curriculares y extracurriculares, y pongan en práctica,
según proceda, el Programa de Acción Mundial de Educación para el Desarrollo
Sostenible 21 ;
s)
Adopten medidas legislativas y otras medidas apropiadas con miras a la
realización del derecho a la educación de los niños con discapacidad, sobre la base
de la igualdad de oportunidades, y garanticen un sistema de educación inclusivo a
todos los niveles que ofrezca ajustes razonables para las necesidades del niño, así
como medidas de apoyo personalizadas y efectivas necesarias en entornos que
fomenten al máximo el desarrollo académico y social, dentro del sistema de
educación general, de conformidad con el objetivo de la plena inclusión, que
faciliten una educación efectiva;
t)
Adopten todas las medidas apropiadas para salvaguardar el ejercicio del
derecho de los niños indígenas a la educación, incluido su acceso a una educación
de calidad, sobre la base de la igualdad de oportunidades, de modo que favorezca su
inclusión social y su desarrollo individual en la máxima medida posible, en
particular, asegurando la educación primaria obligatoria, disponible con carácter
universal y gratuita e impartida, en la medida de lo posible, en su propio idioma, y
adopten todas las medidas apropiadas para lograr que los restantes niveles del
sistema educativo estén disponibles y sean accesibles en todas sus modalidades para
los niños indígenas sin discriminación;
u)
Elaboren e implanten programas educativos y material didáctico que
incluyan una educación integral sobre sexualidad humana basada en datos empíricos
e información completa y precisa, para todos los adolescentes y jóvenes, de una
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