A/RES/64/79
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, vitales fuentes complementarias de
apoyo a las actividades para combatir la enfermedad que realizan los países donde la
malaria es endémica;
9.
Hace un llamamiento a la comunidad internacional para que, en un
espíritu de cooperación, procure prestar una mayor asistencia bilateral y
multilateral, que sea efectiva, armonizada y sostenida, para luchar contra la malaria,
incluido el apoyo al Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la
Malaria, a fin de ayudar a los Estados, especialmente a los países donde la malaria
es endémica, a ejecutar planes nacionales bien concebidos, en particular planes de
salud y saneamiento, que incluyan estrategias de lucha contra la malaria y gestión
integrada de las enfermedades de la infancia, de una forma sostenida y equitativa
que, entre otras cosas, contribuya al desarrollo de los sistemas de salud;
10. Hace un llamamiento a los asociados en la lucha contra la malaria para
que resuelvan los atascos financieros y de distribución que causan la falta de
existencias de mosquiteros tratados con insecticida de larga duración, tratamientos
combinados a base de artemisinina y pruebas de diagnóstico rápido a nivel nacional,
cuando se produzcan, incluso mediante el fortalecimiento de la gestión de los
programas de lucha contra la malaria a escala nacional;
11. Acoge con beneplácito la contribución a la movilización de recursos
adicionales y previsibles para el desarrollo que representan las iniciativas de
financiación innovadoras de carácter voluntario emprendidas por grupos de Estados
Miembros y, a ese respecto, señala el Mecanismo Internacional de Compra de
Medicamentos (UNITAID), el Servicio Financiero Internacional para la
Inmunización, el Servicio de Medicamentos Asequibles contra la Malaria, la Alianza
Mundial para el Fomento de la Vacunación y la Inmunización, las iniciativas de
compromiso anticipado de mercado para vacunas y la labor del Equipo de Tareas de
Alto Nivel sobre la financiación internacional innovadora de los sistemas de salud;
12. Insta a los países donde la malaria es endémica a que procuren lograr la
sostenibilidad financiera, aumenten, en la medida de lo posible, la asignación de
recursos nacionales a la lucha contra la malaria y creen condiciones favorables para
trabajar con el sector privado a fin de mejorar el acceso a servicios de buena calidad
relacionados con la malaria;
13. Insta a los Estados Miembros a que evalúen las necesidades de recursos
humanos integrados en todos los niveles del sistema de salud y atiendan esas
necesidades a fin de lograr los objetivos de la Declaración de Abuja relativa a la
regresión del paludismo en África4 y los objetivos de desarrollo convenidos
internacionalmente, incluidos los Objetivos de Desarrollo del Milenio, a que
adopten medidas, según proceda, para reglamentar con eficacia la contratación,
capacitación y retención de personal sanitario cualificado, y a que presten especial
atención a la disponibilidad de personal cualificado en todos los niveles con el fin
de satisfacer las necesidades técnicas y operacionales a medida que se obtengan más
fondos para los programas de lucha contra la malaria;
14. Exhorta a la comunidad internacional a que, entre otros medios,
ayudando a satisfacer las necesidades financieras del Fondo Mundial de Lucha
contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria y mediante iniciativas dirigidas por los
países con apoyo internacional suficiente, aumente el acceso a tratamientos
combinados contra la malaria que sean asequibles, seguros y efectivos, al
tratamiento preventivo intermitente durante los embarazos, a medios adecuados de
diagnóstico, a mosquiteros tratados con insecticida de larga duración, incluso,
cuando sea apropiado, distribuyéndolos gratuitamente, y a insecticidas para la
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