A/RES/64/79 incluso de tratamientos tradicionales seguros, eficaces y de gran calidad, aplicando normas rigurosas, por medios que incluyan la prestación de apoyo al Programa Especial de investigaciones y capacitación en materia de enfermedades tropicales 9 y asociaciones mundiales eficaces, como las diversas iniciativas de vacunación contra la malaria y la Operación Medicamentos Antipalúdicos, cuando sea necesario con el estímulo de nuevos incentivos para alcanzar ese objetivo y mediante apoyo efectivo y oportuno para la preselección de nuevos medicamentos contra la malaria y sus combinaciones; 22. Exhorta a la comunidad internacional a que, incluso a través de las asociaciones existentes, aumente la inversión y los esfuerzos destinados a la investigación y el desarrollo de nuevos medicamentos, productos y tecnologías contra la malaria seguros y asequibles, como vacunas, pruebas de diagnóstico rápido, insecticidas y formas de suministro, para prevenir y tratar la malaria, especialmente en los niños y las embarazadas en situación de riesgo, a fin de aumentar la eficacia y retrasar la aparición de la resistencia; 23. Exhorta a los países donde la malaria es endémica a que aseguren unas condiciones favorables para las instituciones de investigación, incluida la asignación de recursos suficientes y la elaboración de políticas y marcos jurídicos nacionales, cuando sea apropiado, con miras a que, entre otras cosas, contribuyan a la formulación de políticas y a las actividades estratégicas sobre la malaria; 24. Reafirma el derecho a utilizar plenamente las disposiciones contenidas en el Acuerdo de la Organización Mundial del Comercio sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (Acuerdo ADPIC) 10, la Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la salud pública 11, la decisión del Consejo General de la Organización Mundial del Comercio de 30 de agosto de 2003 12 y las enmiendas al artículo 31 del Acuerdo 13, que otorgan flexibilidad para la protección de la salud pública y en particular para promover el acceso universal a los medicamentos, incluida la fabricación, bajo licencia obligatoria, de fármacos genéricos para la prevención y el tratamiento de la malaria, y resuelve asistir a los países en desarrollo a este respecto; 25. Exhorta a la comunidad internacional a que apoye los medios de hacer más accesibles y asequibles los productos fundamentales, como los destinados a luchar contra los vectores, incluidos los insecticidas para la fumigación de interiores con efecto residual, los mosquiteros tratados con insecticida de larga duración y los tratamientos combinados a base de artemisinina, para los sectores de la población que puedan estar expuestos a cepas resistentes de falciparum malaria en países donde la malaria es endémica, en particular en África, incluso mediante fondos adicionales y mecanismos innovadores destinados, entre otras cosas, a financiar e _______________ 9 Programa conjunto del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Banco Mundial y la Organización Mundial de la Salud. 10 Véase Instrumentos jurídicos que contienen los resultados de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales, hechos en Marrakech el 15 de abril de 1994 (publicación de la secretaría del GATT, número de venta: GATT/1994-7). 11 Organización Mundial del Comercio, documento WT/MIN(01)/DEC/2. Se puede consultar en http://docsonline.wto.org. 12 Véase Organización Mundial del Comercio, documento WT/L/540 y Corr.1. Se puede consultar en http://docsonline.wto.org. 13 Véase Organización Mundial del Comercio, documento WT/L/641. Se puede consultar en http://docsonline.wto.org. 6

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