A/RES/59/194 Población y el Desarrollo 5, la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social 6 y la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer 7, Reafirmando también las disposiciones sobre los derechos humanos de los migrantes que figuran en la Declaración y el Programa de Acción de Durban, aprobados el 8 de septiembre de 2001 por la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia 8, y expresando su satisfacción por las importantes recomendaciones relativas a la elaboración de estrategias internacionales y nacionales para la protección de los migrantes y la formulación de políticas de migración que respeten plenamente los derechos humanos de los migrantes, Celebrando que en la Declaración del Milenio 9 se haya renovado el compromiso de adoptar medidas para respetar y proteger los derechos humanos de los migrantes, los trabajadores migratorios y sus familiares, eliminar los actos de racismo y xenofobia cada vez más frecuentes en muchas sociedades y promover una mayor armonía y tolerancia en todas las sociedades, Tomando nota con reconocimiento del informe de la Relatora Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre los derechos humanos de los migrantes 10, especialmente de la labor que ha realizado para promover los derechos humanos de los migrantes, y tomando nota de las conclusiones y recomendaciones que figuran en el informe, Tomando nota de la opinión consultiva OC-16/99, emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 1° de octubre de 1999, relativa al derecho a la información sobre la asistencia consular en el marco de las garantías del debido proceso legal, Tomando nota también del fallo de la Corte Internacional de Justicia, de 31 de marzo de 2004, en el caso Avena y otros nacionales mexicanos 11, y recordando las obligaciones de los Estados reafirmadas en él, Tomando nota además de la opinión consultiva OC-18/03, emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 17 de septiembre de 2003, relativa a la condición jurídica y los derechos de los migrantes indocumentados, Consciente de que el número de migrantes es cada vez mayor en todo el mundo, y teniendo presente la situación de vulnerabilidad en que suelen encontrarse los migrantes y sus familiares debido, entre otras cosas, a que no viven en sus Estados de origen y a las dificultades que enfrentan a causa de las diferencias de idioma, costumbres y culturas, así como las dificultades económicas y sociales y los _______________ 5 Véase Informe de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, El Cairo, 5 a 13 de septiembre de 1994 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.95.XIII.18), cap. I, resolución 1, anexo. 6 Véase Informe de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Copenhague, 6 a 12 de marzo de 1995 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.96.IV.8), cap. I, resolución 1, anexos I y II. 7 Véase Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexos I y II. 8 Véase A/CONF.189/12 y Corr.1, cap. I. 9 Véase resolución 55/2. 10 E/CN.4/2004/76 y Add.1 a 4. 11 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo noveno período de sesiones, Suplemento No. 4 (A/59/4), cap. V, secc. A.23. 2

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