A/RES/59/194
Población y el Desarrollo 5, la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social 6 y la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer 7,
Reafirmando también las disposiciones sobre los derechos humanos de los
migrantes que figuran en la Declaración y el Programa de Acción de Durban,
aprobados el 8 de septiembre de 2001 por la Conferencia Mundial contra el
Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de
Intolerancia 8, y expresando su satisfacción por las importantes recomendaciones
relativas a la elaboración de estrategias internacionales y nacionales para la
protección de los migrantes y la formulación de políticas de migración que respeten
plenamente los derechos humanos de los migrantes,
Celebrando que en la Declaración del Milenio 9 se haya renovado el
compromiso de adoptar medidas para respetar y proteger los derechos humanos de
los migrantes, los trabajadores migratorios y sus familiares, eliminar los actos de
racismo y xenofobia cada vez más frecuentes en muchas sociedades y promover una
mayor armonía y tolerancia en todas las sociedades,
Tomando nota con reconocimiento del informe de la Relatora Especial de la
Comisión de Derechos Humanos sobre los derechos humanos de los migrantes 10,
especialmente de la labor que ha realizado para promover los derechos humanos de
los migrantes, y tomando nota de las conclusiones y recomendaciones que figuran
en el informe,
Tomando nota de la opinión consultiva OC-16/99, emitida por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos el 1° de octubre de 1999, relativa al derecho a
la información sobre la asistencia consular en el marco de las garantías del debido
proceso legal,
Tomando nota también del fallo de la Corte Internacional de Justicia, de 31 de
marzo de 2004, en el caso Avena y otros nacionales mexicanos 11, y recordando las
obligaciones de los Estados reafirmadas en él,
Tomando nota además de la opinión consultiva OC-18/03, emitida por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos el 17 de septiembre de 2003, relativa a la
condición jurídica y los derechos de los migrantes indocumentados,
Consciente de que el número de migrantes es cada vez mayor en todo el
mundo, y teniendo presente la situación de vulnerabilidad en que suelen encontrarse
los migrantes y sus familiares debido, entre otras cosas, a que no viven en sus
Estados de origen y a las dificultades que enfrentan a causa de las diferencias de
idioma, costumbres y culturas, así como las dificultades económicas y sociales y los
_______________
5
Véase Informe de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, El Cairo, 5 a 13 de
septiembre de 1994 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.95.XIII.18), cap. I,
resolución 1, anexo.
6
Véase Informe de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Copenhague, 6 a 12 de marzo de 1995
(publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.96.IV.8), cap. I, resolución 1, anexos I y II.
7
Véase Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995
(publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexos I y II.
8
Véase A/CONF.189/12 y Corr.1, cap. I.
9
Véase resolución 55/2.
10
E/CN.4/2004/76 y Add.1 a 4.
11
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo noveno período de sesiones,
Suplemento No. 4 (A/59/4), cap. V, secc. A.23.
2
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