A/HRC/RES/23/17 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 24 de junio de 2013 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 23º período de sesiones Tema 8 de la agenda Seguimiento y aplicación de la Declaración y el Programa de Acción de Viena Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos* 23/17. Instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos El Consejo de Derechos Humanos, Recordando la resolución 20/14 del Consejo de Derechos Humanos, de 5 de julio de 2012, y las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y de la Comisión de Derechos Humanos relativas a las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos, y tomando nota de la resolución 22/6 del Consejo, de 21 de marzo de 2013, Reafirmando la importancia de crear y reforzar instituciones nacionales independientes y pluralistas de promoción y protección de los derechos humanos, de conformidad con los Principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos ("Principios de París")1, Reafirmando también el importante papel que desempeñan y seguirán desempeñando dichas instituciones nacionales en la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, en el refuerzo de la participación y el estado de derecho, y en la toma de una mayor conciencia pública de esos derechos y libertades, Reafirmando además, en el 20º aniversario de su aprobación, la Declaración y el Programa de Acción de Viena, aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 1993, en los que se reafirmó el importante y constructivo papel que desempeñan las instituciones nacionales de derechos humanos, en particular en lo que respecta a su capacidad para asesorar a las autoridades competentes y a su función en la prevención y reparación de las violaciones de los derechos humanos y en la divulgación de información y la educación en materia de dichos derechos, * Las resoluciones y decisiones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos se publicarán en el 1 informe del Consejo sobre su 23º período de sesiones (A/HRC/23/2), cap. I. Resolución 48/134 de la Asamblea General, anexo. GE.13-15073 (S) 280613 030713

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