A/HRC/RES/23/17
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
24 de junio de 2013
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
23º período de sesiones
Tema 8 de la agenda
Seguimiento y aplicación de la Declaración y
el Programa de Acción de Viena
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos*
23/17. Instituciones nacionales de promoción y protección de los
derechos humanos
El Consejo de Derechos Humanos,
Recordando la resolución 20/14 del Consejo de Derechos Humanos, de 5 de julio
de 2012, y las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y de la Comisión de
Derechos Humanos relativas a las instituciones nacionales de promoción y protección de
los derechos humanos, y tomando nota de la resolución 22/6 del Consejo, de 21 de marzo
de 2013,
Reafirmando la importancia de crear y reforzar instituciones nacionales
independientes y pluralistas de promoción y protección de los derechos humanos, de
conformidad con los Principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de
promoción y protección de los derechos humanos ("Principios de París")1,
Reafirmando también el importante papel que desempeñan y seguirán
desempeñando dichas instituciones nacionales en la promoción y protección de los
derechos humanos y las libertades fundamentales, en el refuerzo de la participación y el
estado de derecho, y en la toma de una mayor conciencia pública de esos derechos y
libertades,
Reafirmando además, en el 20º aniversario de su aprobación, la Declaración y el
Programa de Acción de Viena, aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos
Humanos el 25 de junio de 1993, en los que se reafirmó el importante y constructivo papel
que desempeñan las instituciones nacionales de derechos humanos, en particular en lo que
respecta a su capacidad para asesorar a las autoridades competentes y a su función en la
prevención y reparación de las violaciones de los derechos humanos y en la divulgación de
información y la educación en materia de dichos derechos,
* Las resoluciones y decisiones aprobadas por el Consejo de Derechos Humanos se publicarán en el
1
informe del Consejo sobre su 23º período de sesiones (A/HRC/23/2), cap. I.
Resolución 48/134 de la Asamblea General, anexo.
GE.13-15073 (S)
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