A/RES/55/111 8. Insta a los gobiernos a que adopten todas las medidas necesarias y posibles para impedir la pérdida de vidas, en particular de niños, durante demostraciones públicas, actos de violencia interna o en la comunidad, disturbios y situaciones de emergencia pública o conflictos armados, y a que velen por que la policía y las fuerzas de seguridad reciban una minuciosa capacitación en cuestiones relativas a los derechos humanos, en particular en relación con las restricciones al uso de la fuerza y las armas de fuego en el cumplimiento de sus funciones; 9. Destaca la importancia de que los Estados adopten medidas eficaces para poner fin a la impunidad en relación con las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias mediante, entre otras cosas, la adopción de medidas preventivas, e insta a los gobiernos a que velen por que en las actividades de consolidación de la paz después de los conflictos se incluyan medidas de esa naturaleza; 10. Alienta a la Relatora Especial a que, en el marco de su mandato, siga reuniendo información de todos los interesados y trate de obtener las opiniones y observaciones de los gobiernos a fin de poder actuar con eficacia en atención a la información fiable que reciba y pueda proceder al seguimiento de las comunicaciones y visitas a los países; 11. Reafirma la decisión 1998/265 del Consejo Económico y Social, de 30 de julio de 1998, en la que el Consejo hizo suya la decisión que adoptó la Comisión de Derechos Humanos, en su resolución 1998/68, de prorrogar por tres años el mandato de la Relatora Especial; 12. Toma nota del importante papel que ha desempeñado la Relatora Especial en pro de la eliminación de las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; 13. Toma nota también de que la Comisión, en su resolución 2000/31, pidió a la Relatora Especial que, en cumplimiento de su mandato: a) Siga examinado las situaciones de ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias y presentando anualmente a la Comisión sus observaciones, junto con sus conclusiones y recomendaciones, así como cualesquiera otros informes que considere necesarios para mantener al corriente a la Comisión de las situaciones graves de ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias que justifiquen su atención inmediata; b) Responda efectivamente en atención a la información que reciba, en particular en los casos en que una ejecución extrajudicial, sumaria o arbitraria sea inminente o exista la amenaza de que se lleve a cabo o ya lo haya sido; c) Intensifique aun más su diálogo con los gobiernos y proceda al seguimiento de las recomendaciones hechas en los informes preparados a raíz de las visitas a determinados países; d) Continúe prestando especial atención a las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de niños y a las denuncias de violaciones del derecho a la vida en el contexto de la represión violenta de participantes en manifestaciones y otras reuniones públicas pacíficas o de personas pertenecientes a minorías; e) Preste especial atención a las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de que hayan sido víctimas personas que realicen actividades pacíficas en defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales; f) Continúe vigilando el cumplimiento de las normas internacionales existentes sobre salvaguardias y limitaciones respecto de la aplicación de la pena 3

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