Medidas de las Naciones Unidas en materia de explotación y abusos sexuales A/RES/78/331 6. Destaca que el aumento de la rendición de cuentas y la transparencia a todos los niveles, incluido el personal directivo superior, tanto en la Sede como sobre el terreno, contribuye de forma positiva a combatir la explotación y los abusos sexuales; 7. Reconoce que una cultura de impunidad podría dar lugar a un aumento de la explotación y los abusos sexuales y, a este respecto, subraya la necesidad de tomar medidas inmediatas, seguras y apropiadas, en particular recurriendo a las investigaciones y al enjuiciamiento, cuando corresponda, y de informar a las Naciones Unidas sin demora sobre las medidas adoptadas; 8. Recalca que la capacitación previa al despliegue y en la misión sobre la prevención de la explotación y los abusos sexuales resulta eficaz para concienciar de la política de las Naciones Unidas de tolerancia cero frente a tales actos, y alienta a las partes interesadas pertinentes, incluidos los Estados Miembros y la Secretaría, a que, de conformidad con las distintas responsabilidades que les incumben, sigan colaborando para que se imparta una capacitación obligatoria, eficaz, supervisada y específica sobre la explotación y los abusos sexuales; 9. Recalca también que los países que aportan contingentes tienen la responsabilidad de investigar los actos de explotación y abusos sexuales y que los países que aportan contingentes y fuerzas de policía tienen la responsabilidad de hacer que su personal rinda cuentas cuando haya cometido ese tipo de actos, de conformidad con su legislación nacional, a este respecto toma nota de la resolución 2272 (2016) del Consejo de Seguridad, y solicita al Secretario General que celebre consultas con los Estados Miembros, según proceda, en particular con los países que aportan contingentes y fuerzas de policía, sobre la puesta en práctica de las orientaciones operacionales para la aplicación de la resolución 2272 (2016) del Consejo de Seguridad; 10. Destaca la importancia de seguir mejorando la colaboración entre el Secretario General, las entidades del sistema de las Naciones Unidas y los Estados Miembros, incluidos los países que aportan contingentes y fuerzas de policía, en lo que respecta a la prevención y la respuesta frente a la explotación y los abusos sexuales para mejorar la rendición de cuentas y la transparencia y el apoyo que se presta a las víctimas, y pone de relieve la necesidad de mantener un intercambio de información frecuente sobre todos los aspectos relacionados con la explotación y los abusos sexuales; 11. Solicita al Secretario General y a todas las entidades pertinentes que sigan informando inmediatamente a los Estados Miembros interesados de las denuncias de actos de explotación y abusos sexuales cometidos por el personal de las Naciones Unidas en todo el sistema, así como por el personal ajeno a las Naciones Unidas que presta servicios en virtud de un mandato del Consejo de Seguridad, de las que hayan tenido conocimiento las entidades de la Organización, y solicita al Secretario General que vele por que los Estados Miembros interesados reciban toda la información disponible para que sus autoridades nacionales puedan hacer el seguimiento debido; 12. Rinde homenaje a todos los miembros de las fuerzas de mantenimiento de la paz que arriesgan la vida mientras prestan servicios en operaciones de paz de las Naciones Unidas, recalca que los actos de explotación y abusos sexuales dañan la credibilidad, la eficacia y la reputación de las Naciones Unidas, a este respecto encomia a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía que han adoptado medidas efectivas para prevenir e investigar los actos de explotación y abusos sexuales, y para combatir la impunidad y hacer que los responsables de esos actos rindan cuentas, y resalta la importancia de establecer mejores prácticas en el sistema de las Naciones Unidas; 24-16426 3/4

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