A/RES/74/204
Productos básicos
21. Reafirma que todo Estado tiene y debe ejercer libremente soberanía plena
y permanente sobre toda su riqueza, sus recursos naturales y sus actividades
económicas;
22. Reconoce la importancia de aumentar la eficiencia, la eficacia y la
transparencia de la gestión de los ingresos de los sectores público y privado de los
países desarrollados y en desarrollo que se derivan de todos los productos básicos y
de las industrias relacionadas con esos productos, incluidos los productos finales
elaborados, con objeto de apoyar el desarrollo;
23. Observa las importantes contribuciones del Fondo Común para los
Productos Básicos y de otras organizaciones internacionales de productos básicos, y
los alienta a que, en cooperación con el Centro de Comercio Internacional, la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, la Organización
de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial y otros órganos competentes,
refuercen la coordinación entre ellos y determinen y apliquen medidas innovadoras
para promover la contribución sostenible del sector de los productos básicos al
desarrollo económico, en particular las modalidades para disminuir la vulnerabilidad
a la volatilidad de los precios de los productos básicos y realzar las actividades en los
países en desarrollo para mejorar el acceso a los mercados y la fiabilidad de la oferta,
potenciar la diversificación y la adición de valor, mejorar la competitividad de los
productos básicos, fortalecer la cadena comercial, mejorar las estructuras de mercado,
ampliar la base de exportaciones y asegurar la participación efectiva de todas las
partes interesadas, sobre la base de un entendimiento común de la contribución de los
productos básicos al desarrollo sostenible;
24. Destaca que la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y
Desarrollo y sus asociados, con ánimo de cooperar a nivel interinstitucional y
establecer alianzas entre múltiples partes interesadas, en el marco de sus respectivos
mandatos, deberían proseguir activamente las actividades colaborativas de
investigación y análisis de la problemática de los productos básicos y las actividades
conexas de creación de capacidad y formación de consenso, con miras a proporcionar
periódicamente análisis y asesoramiento de políticas sobre el desarrollo sostenible de
los países en desarrollo que dependen de los productos básicos, en particular los
países de bajos ingresos;
25. Aguarda con interés la celebración del 15º período de sesiones de la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, que se celebrará
en Barbados del 18 al 23 de octubre de 2020;
26. Pone de relieve la importancia de facilitar la adhesión a la Organización
Mundial del Comercio, en particular para los países en desarrollo que dependen de
los productos básicos, de plena conformidad con sus normas;
27. Subraya la necesidad urgente de proporcionar a los países en desarrollo
que dependen de los productos básicos financiación para el comercio, así como acceso
a ella, habida cuenta de las mayores dificultades de acceso a todo tipo de créditos y
teniendo presente la sostenibilidad de la deuda;
28. Acoge con beneplácito el compromiso de redoblar los esfuerzos
encaminados a reducir sustancialmente los flujos financieros ilícitos para 2030, con
miras a eliminarlos finalmente;
29. Destaca que los ingresos procedentes de la producción y exportación de
productos básicos siguen siendo fundamentales para los países en desarrollo, en
particular en el contexto de la aplicación de la Agenda 2030, dado que los países en
desarrollo deben movilizar recursos a fin de lograr los Objetivos de Desarrollo
Sostenible y que los precios de los productos básicos han venido disminuyendo desde
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