A/RES/58/183 6. Hace un llamamiento a los gobiernos para que incluyan la administración de justicia en sus planes nacionales de desarrollo como parte integrante del proceso de desarrollo y asignen los recursos necesarios a la prestación de servicios de asistencia jurídica con miras a la promoción y protección de los derechos humanos, e invita a la comunidad internacional a que responda favorablemente a las solicitudes de asistencia financiera y técnica para mejorar y fortalecer la administración de justicia; 7. Alienta a las comisiones regionales, los organismos especializados y los institutos de las Naciones Unidas que trabajan en las esferas de los derechos humanos y la prevención del delito y la justicia penal, y a otras partes pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, así como a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, incluidas las asociaciones nacionales de profesionales interesadas en promover las normas de las Naciones Unidas en la materia, y a otros segmentos de la sociedad civil, en particular a los medios de información, a que sigan promoviendo los derechos humanos en la administración de justicia; Toma nota con interés de los debates celebrados en el Consejo de 8. Seguridad en relación con el tema titulado “La justicia y el Estado de derecho: el papel de las Naciones Unidas”; Invita a la Comisión de Derechos Humanos y a la Comisión de 9. Prevención del Delito y Justicia Penal, así como a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Programa contra el Delito de la Oficina contra la Droga y el Delito de las Naciones Unidas, a que coordinen estrechamente sus actividades en el campo de la administración de justicia; 10. Insta a los mecanismos de la Comisión de Derechos Humanos y sus órganos subsidiarios, incluidos los relatores especiales, los representantes especiales y los grupos de trabajo, a que sigan prestando particular atención a las cuestiones relacionadas con la promoción y la protección eficaces de los derechos humanos en la administración de justicia, incluida la justicia de menores, y a que, si procede, formulen recomendaciones concretas a ese respecto, incluidas propuestas para la adopción de medidas relativas a servicios de asesoramiento y asistencia técnica; 11. Insta al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a que, en el marco de su mandato, aumente sus actividades relacionadas con la formación de capacidad a nivel nacional en materia de administración de justicia, en particular en las situaciones posteriores a conflictos; 12. Alienta a la Oficina del Alto Comisionado a que siga organizando cursos de capacitación y otras actividades pertinentes encaminadas a afianzar la promoción y protección de los derechos humanos en la administración de la justicia, y acoge favorablemente la publicación del manual de derechos humanos para jueces, fiscales y abogados en el marco del Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la esfera de los derechos humanos, 1995-2004; 13. Observa complacida la atención cada vez mayor que prestan a la cuestión de la justicia de menores el Alto Comisionado para los Derechos Humanos y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, en particular mediante actividades de asistencia técnica, y, teniendo en cuenta que la cooperación internacional para promover la reforma de la justicia de menores ha pasado a ser una prioridad en el sistema de las Naciones Unidas, los alienta a que realicen nuevas actividades a ese respecto en el marco de sus mandatos; 3

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