A/RES/56/249
12. Decide también, teniendo en cuenta la suma de 282 millones de dólares en
cifras brutas (273.025.800 dólares en cifras netas) ya prorrateada para el período
comprendido entre el 1° de julio y el 31 de diciembre de 2001 y la suma de
18.806.733 dólares en cifras brutas (16.541.039 dólares en cifras netas) ya prorrateada para
el período comprendido entre el 1° de julio de 2001 y el 30 de junio de 2002, de
conformidad con lo dispuesto en su resolución 55/228 B, prorratear entre los Estados
Miembros la suma de 23.000.128 dólares en cifras brutas (22.220.931 dólares en cifras
netas) para el período comprendido entre el 1° y el 31 de enero de 2002, de conformidad
con los niveles establecidos en su resolución 55/235, ajustados en su resolución 55/236, de
23 de diciembre de 2000, y teniendo en cuenta la escala de cuotas para el año 2002
establecida en su resolución 55/5 B, de 23 de diciembre de 2000;
13. Decide además que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X),
de 15 de diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los
Estados Miembros indicado en el párrafo 12 supra las partes que les correspondan, en el
Fondo de Nivelación de Impuestos, de los ingresos por concepto de contribuciones del
personal, estimados en 779.197 dólares, aprobados para la Administración de Transición
respecto del período comprendido entre el 1° y el 31 de enero de 2002;
14. Decide prorratear entre los Estados Miembros la suma de 100 millones de
dólares en cifras brutas (97.235.083 dólares en cifras netas) para el período comprendido
entre el 1° de febrero y el 30 de junio de 2002, a razón de 20 millones de dólares en cifras
brutas (19.447.016 dólares en cifras netas) por mes con arreglo al procedimiento
establecido en la presente resolución y teniendo en cuenta la escala de cuotas para el
año 2002, establecida en su resolución 55/5 B, siempre que el Consejo de Seguridad decida
prorrogar el mandato de la Administración de Transición más allá del 31 de enero de 2002;
15. Decide también que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución
973 (X), se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros
indicado en el párrafo 14 supra las partes que les correspondan, en el Fondo de Nivelación
de Impuestos, de los ingresos por concepto de contribuciones del personal, estimados en
2.764.917 dólares, aprobados para la Administración de Transición respecto del período
comprendido entre el 1° de febrero y el 30 de junio de 2002;
16. Subraya que ninguna misión de mantenimiento de la paz deberá financiarse
tomando en préstamo fondos de otras misiones de mantenimiento de la paz en curso;
17. Alienta al Secretario General a que siga tomando nuevas medidas para
garantizar la protección y la seguridad de todo el personal que participa en la
Administración de Transición bajo los auspicios de las Naciones Unidas;
18. Invita a que se hagan contribuciones voluntarias a la Administración de
Transición, tanto en efectivo como en forma de servicios y suministros que sean aceptables
para el Secretario General, las cuales se administrarán, según proceda, con arreglo al
procedimiento y las prácticas establecidos por la Asamblea General;
19. Decide mantener en examen, en su quincuagésimo sexto período de sesiones,
el tema titulado “Financiación de la Administración de Transición de las Naciones Unidas
para Timor Oriental”.
92ª sesión plenaria
24 de diciembre de 2001
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