A/RES/63/123
relativa a los temas “Reservas a los tratados” y “Protección de las personas en casos
de desastre”;
5.
Señala a la atención de los gobiernos la importancia que tiene para la
Comisión de Derecho Internacional recibir antes del 1° de enero de 2010 los
comentarios y observaciones de los gobiernos sobre el proyecto de artículos y los
comentarios sobre el tema “Efectos de los conflictos armados en los tratados”,
aprobados en primera lectura por la Comisión en su 60° período de sesiones 4;
3F
6.
Toma nota de la decisión de la Comisión de Derecho Internacional de
incluir los temas “Los tratados en el tiempo” y “La cláusula de la nación más
favorecida” en su programa de trabajo 5;
4F
7.
Invita a la Comisión de Derecho Internacional a que siga adoptando
medidas para mejorar su eficiencia y productividad y a que estudie la posibilidad de
formular propuestas con tal fin;
Alienta a la Comisión de Derecho Internacional a que, sin perjuicio de la
8.
eficiencia de su labor, siga adoptando medidas para reducir los gastos en sus futuros
períodos de sesiones;
Pide al Secretario General que le presente, de conformidad con los
9.
procedimientos establecidos, y teniendo en cuenta su resolución 56/272, de 27 de
marzo de 2002, un informe sobre el apoyo que se presta actualmente a los relatores
especiales y modalidades de apoyo adicional a la labor de los relatores especiales;
10. Toma nota del párrafo 363 del informe de la Comisión de Derecho
Internacional y decide que el próximo período de sesiones de ésta se celebre en la
Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra del 4 de mayo al 5 de junio y del 6 de
julio al 7 de agosto de 2009;
11. Acoge con beneplácito la mejora del diálogo entre la Comisión de
Derecho Internacional y la Sexta Comisión en el sexagésimo tercer período de
sesiones de la Asamblea General, subraya la conveniencia de que siga mejorando el
diálogo entre los dos órganos y, en este contexto, alienta a que, entre otras cosas, se
mantenga la práctica de las consultas oficiosas en forma de deliberaciones entre los
miembros de la Sexta Comisión y los de la Comisión de Derecho Internacional que
asistan al sexagésimo cuarto período de sesiones de la Asamblea;
12. Alienta a las delegaciones a que, en el debate sobre el informe de la
Comisión de Derecho Internacional, sigan ciñéndose, en lo posible, al programa de
trabajo estructurado acordado por la Sexta Comisión y a que consideren la
posibilidad de presentar declaraciones concisas y específicas;
13. Alienta a los Estados Miembros a que consideren la posibilidad de estar
representados por asesores jurídicos durante la primera semana en que se examine el
informe de la Comisión de Derecho Internacional en la Sexta Comisión (Semana del
Derecho Internacional) a fin de que pueda haber un debate de alto nivel sobre
cuestiones de derecho internacional;
14. Pide a la Comisión de Derecho Internacional que siga prestando especial
atención a la necesidad de indicar en su informe anual, en relación con cada tema,
las cuestiones concretas respecto de las cuales la opinión de los gobiernos, ya sea
_______________
4
5
Ibíd., párr. 63.
Ibíd., párrs. 353 y 354.
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