A/RES/63/123 expresada en la Sexta Comisión o por escrito, podría ser de especial interés para orientar de manera efectiva su labor futura; 15. Toma nota de los párrafos 336 a 340 del informe de la Comisión de Derecho Internacional y encomia la celebración en Ginebra, los días 19 y 20 de mayo de 2008, de la reunión conmemorativa del 60° aniversario de la Comisión, y encomia asimismo a los Estados Miembros que, en colaboración con organizaciones regionales, asociaciones profesionales, instituciones académicas y miembros de la Comisión, organizaron reuniones nacionales o regionales dedicadas a la labor de la Comisión; 16. Toma nota también de los párrafos 355 y 356 del informe de la Comisión de Derecho Internacional relativos a la cooperación con otros órganos y alienta a la Comisión a que siga aplicando el apartado e) del artículo 16 y los párrafos 1 y 2 del artículo 26 de su Estatuto a fin de seguir promoviendo la cooperación entre la Comisión y otros órganos que se ocupan del derecho internacional, habida cuenta de la utilidad de dicha cooperación; 17. Alienta a la Comisión de Derecho Internacional a celebrar consultas, si lo considera adecuado, con agentes humanitarios fundamentales, como las Naciones Unidas y la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, en relación con la labor sobre el tema “Protección de las personas en casos de desastre”; 18. Observa que la Comisión de Derecho Internacional, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 26 de su Estatuto, tiene previsto organizar una reunión durante su 61° período de sesiones con los asesores jurídicos de las organizaciones internacionales del sistema de las Naciones Unidas a fin de mantener debates sobre asuntos de interés común; 19. Observa también que la celebración de consultas con organizaciones nacionales y con expertos que se ocupen de cuestiones de derecho internacional puede ayudar a los gobiernos a decidir si harán comentarios y observaciones sobre los proyectos presentados por la Comisión de Derecho Internacional y a formular los comentarios y observaciones; 20. Reafirma sus decisiones anteriores respecto de la función indispensable de la División de Codificación de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría en la prestación de asistencia a la Comisión de Derecho Internacional, en particular en la preparación de memorandos y estudios sobre temas del programa de la Comisión; 21. Aprueba las conclusiones alcanzadas por la Comisión de Derecho Internacional en el párrafo 359 de su informe y reafirma sus decisiones anteriores con respecto a la documentación y las actas resumidas de la Comisión 6; 5F 22. Toma nota del párrafo 360 del informe de la Comisión de Derecho Internacional y, sin perjuicio de la importancia de asegurar la asignación de los recursos necesarios con cargo al presupuesto ordinario, aprecia el establecimiento por el Secretario General de un fondo fiduciario para aceptar contribuciones voluntarias a fin de hacer frente al retraso en la publicación del Anuario de la Comisión de Derecho Internacional e invita a que se hagan contribuciones voluntarias con tal fin; _______________ 6 Véanse las resoluciones 32/151, párr. 10 y 37/111, párr. 5 y todas las resoluciones posteriores sobre los informes anuales de la Comisión de Derecho Internacional a la Asamblea General. 4

Sélectionner le paragraphe cible3