A/RES/58/213 6. Decide que la Reunión Internacional se celebre del 30 de agosto al 3 de septiembre de 2004 e incluya una serie de sesiones de alto nivel para proceder a un examen amplio de la ejecución del Programa de Acción, como se pide en el Plan de Aplicación de Johannesburgo5, y acoge con agrado el ofrecimiento del Gobierno de Mauricio de albergar la Reunión Internacional; 7. Decide también celebrar, dos días de consultas oficiosas en Mauricio, los días 28 y 29 de agosto de 2004, para facilitar la preparación eficaz de la Reunión Internacional, si la reunión preparatoria de composición abierta lo estima necesario y se financian con cargo a contribuciones voluntarias; Insta a que la representación y participación en la Reunión Internacional 8. sea al más alto nivel posible; 9. Decide que la Reunión Internacional procure renovar el compromiso político de la comunidad internacional y se centre en medidas prácticas para la ejecución ulterior del Programa de Acción, teniendo en cuenta las cuestiones nuevas e incipientes, los desafíos y las situaciones que hayan surgido desde la aprobación del Programa de Acción; 10. Hace suya la resolución 2003/55 del Consejo Económico y Social, de 24 de julio de 2003, en la que el Consejo decidió, atendiendo a la recomendación formulada por la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible en su 11° período de sesiones, celebrar una reunión preparatoria interregional para los pequeños Estados insulares en desarrollo en Nassau, del 26 al 30 de enero de 2004, expresa su agradecimiento al Gobierno de las Bahamas por acoger la reunión, y alienta a los participantes en la reunión a que envíen representaciones de nivel ministerial; 11. Hace suya también la decisión adoptada por el Consejo Económico y Social en su resolución 2003/55, atendiendo a la recomendación formulada por la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible en su 11° período de sesiones, de celebrar durante el 12º período de sesiones de la Comisión una reunión de tres días, del 14 al 16 de abril de 2004, para preparar la Reunión Internacional con el fin de hacer una evaluación y un examen detallados de la ejecución del Programa de Acción y de finalizar los preparativos de la Reunión Internacional, incluido su programa; 12. Decide que la reunión preparatoria sea de composición abierta y se celebre de conformidad con el reglamento de las comisiones orgánicas del Consejo Económico y Social y las disposiciones complementarias establecidas por el Consejo para la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible en sus decisiones 1993/215, de 12 de febrero de 1993, y 1995/201, de 8 de febrero de 1995, aplicables a todos los Estados Miembros y a otros participantes, a tenor de la práctica seguida en el comité preparatorio de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, manteniendo al mismo tiempo las disposiciones de la Comisión relativas a la concesión de asistencia para gastos de viaje, de conformidad con lo dispuesto en la decisión 2003/283 del Consejo Económico y Social, de 24 de julio de 2003; 13. Alienta a los miembros asociados de las comisiones regionales que sean pequeños Estados insulares en desarrollo a que participen en la Reunión Internacional, y decide que su participación se haga de conformidad con el artículo 61 del reglamento provisional de la Reunión Internacional; 14. Decide que la participación en la Reunión Internacional de los grupos principales, incluidas las organizaciones no gubernamentales, se haga de conformidad con el artículo 65 del reglamento provisional de la Reunión Internacional; 3

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