A/RES/58/213
6.
Decide que la Reunión Internacional se celebre del 30 de agosto al 3 de
septiembre de 2004 e incluya una serie de sesiones de alto nivel para proceder a un
examen amplio de la ejecución del Programa de Acción, como se pide en el Plan de
Aplicación de Johannesburgo5, y acoge con agrado el ofrecimiento del Gobierno de
Mauricio de albergar la Reunión Internacional;
7.
Decide también celebrar, dos días de consultas oficiosas en Mauricio, los
días 28 y 29 de agosto de 2004, para facilitar la preparación eficaz de la Reunión
Internacional, si la reunión preparatoria de composición abierta lo estima necesario
y se financian con cargo a contribuciones voluntarias;
Insta a que la representación y participación en la Reunión Internacional
8.
sea al más alto nivel posible;
9.
Decide que la Reunión Internacional procure renovar el compromiso
político de la comunidad internacional y se centre en medidas prácticas para la
ejecución ulterior del Programa de Acción, teniendo en cuenta las cuestiones nuevas
e incipientes, los desafíos y las situaciones que hayan surgido desde la aprobación
del Programa de Acción;
10. Hace suya la resolución 2003/55 del Consejo Económico y Social, de
24 de julio de 2003, en la que el Consejo decidió, atendiendo a la recomendación
formulada por la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible en su 11° período de
sesiones, celebrar una reunión preparatoria interregional para los pequeños Estados
insulares en desarrollo en Nassau, del 26 al 30 de enero de 2004, expresa su
agradecimiento al Gobierno de las Bahamas por acoger la reunión, y alienta a los
participantes en la reunión a que envíen representaciones de nivel ministerial;
11. Hace suya también la decisión adoptada por el Consejo Económico y
Social en su resolución 2003/55, atendiendo a la recomendación formulada por la
Comisión sobre el Desarrollo Sostenible en su 11° período de sesiones, de celebrar
durante el 12º período de sesiones de la Comisión una reunión de tres días, del 14 al
16 de abril de 2004, para preparar la Reunión Internacional con el fin de hacer una
evaluación y un examen detallados de la ejecución del Programa de Acción y de
finalizar los preparativos de la Reunión Internacional, incluido su programa;
12. Decide que la reunión preparatoria sea de composición abierta y se
celebre de conformidad con el reglamento de las comisiones orgánicas del Consejo
Económico y Social y las disposiciones complementarias establecidas por el
Consejo para la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible en sus decisiones
1993/215, de 12 de febrero de 1993, y 1995/201, de 8 de febrero de 1995, aplicables
a todos los Estados Miembros y a otros participantes, a tenor de la práctica seguida
en el comité preparatorio de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible,
manteniendo al mismo tiempo las disposiciones de la Comisión relativas a la
concesión de asistencia para gastos de viaje, de conformidad con lo dispuesto en la
decisión 2003/283 del Consejo Económico y Social, de 24 de julio de 2003;
13. Alienta a los miembros asociados de las comisiones regionales que sean
pequeños Estados insulares en desarrollo a que participen en la Reunión
Internacional, y decide que su participación se haga de conformidad con el
artículo 61 del reglamento provisional de la Reunión Internacional;
14. Decide que la participación en la Reunión Internacional de los grupos
principales, incluidas las organizaciones no gubernamentales, se haga de conformidad
con el artículo 65 del reglamento provisional de la Reunión Internacional;
3
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