A/RES/61/102
2.
Acoge con beneplácito la información y los datos proporcionados hasta la
fecha y reitera su llamamiento a todos los Estados partes en la Convención para que
participen en el intercambio de información y datos convenido en la Declaración Final
de la Tercera Conferencia de las Partes encargada del examen de la Convención2;
3.
Expresa su reconocimiento por la importante participación de los Estados
partes en las reuniones de Estados partes y en las reuniones de expertos que se han
celebrado hasta la fecha, así como el útil y constructivo intercambio de información
que se ha logrado;
Acoge con beneplácito el debate y la promoción de un entendimiento común
4.
y medidas efectivas sobre los temas que han sido objeto de acuerdo en la Quinta
Conferencia de Examen 4, a saber: la adopción de las medidas nacionales necesarias
para aplicar las prohibiciones estipuladas en la Convención, incluida la promulgación
de leyes penales, y los mecanismos nacionales para instituir y mantener la seguridad y
la vigilancia de los microorganismos patógenos y las toxinas en 2003; el fortalecimiento
de las capacidades internacionales de respuesta, investigación y mitigación de efectos
con respecto a los casos de supuesta utilización de armas biológicas o toxínicas o a los
brotes de enfermedades de carácter sospechoso, y el fortalecimiento y la ampliación de
los esfuerzos institucionales y los mecanismos existentes en los planos nacional e
internacional para la vigilancia, la detección y el diagnóstico de las enfermedades
infecciosas que afectan a los seres humanos, los animales y las plantas y para la lucha
contra tales enfermedades en 2004; y el contenido, la promulgación y la aprobación de
códigos de conducta para los científicos en 2005;
5.
Recuerda que la Sexta Conferencia de Examen tiene el mandato de
considerar las cuestiones señaladas en el examen de la aplicación de la Convención
según lo dispuesto en su artículo XII y las medidas complementarias que puedan
adoptarse por consenso;
Acoge con beneplácito la celebración de la Sexta Conferencia de
6.
Examen, en Ginebra, del 20 de noviembre al 8 de diciembre de 2006, en virtud de la
decisión adoptada por la Comisión Preparatoria de los Estados Partes de la
Convención 5;
7.
Pide al Secretario General que continúe prestando la asistencia necesaria
a los gobiernos depositarios de la Convención y que proporcione los servicios
necesarios para que se apliquen las decisiones y recomendaciones de las
conferencias de examen;
Decide incluir en el programa provisional de su sexagésimo segundo
8.
período de sesiones, también a la luz de los resultados de la Sexta Conferencia de
Examen, el tema titulado “Convención sobre la prohibición del desarrollo, la
producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y
sobre su destrucción”.
67ª sesión plenaria
6 de diciembre de 2006
_______________
4
5
2
Véase BWC/CONF.V/17.
Véase BWC/CONF.VI/PC/2, párr. 17.
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