A/RES/55/231
23. Destaca la necesidad de que la Secretaría siga mejorando su capacidad de
evaluación de los programas a fin de aplicar plenamente el Reglamento y
Reglamentación Detallada para la planificación de los programas, entre otras cosas,
fortaleciendo los métodos uniformes de evaluación de conformidad con el artículo VII
de dicho Reglamento y Reglamentación;
24. Subraya que toda propuesta relativa a un aumento de la flexibilidad en la
gestión de los insumos durante la ejecución del presupuesto que sea aprobada por la
Asamblea General siempre deberá ir acompañada de una mayor exigencia en materia de
rendición de cuentas;
25. Subraya también que la flexibilidad en cuanto al uso de los recursos debe
ejercerse en el respeto estricto de las normas y decisiones establecidas por la Asamblea
General y el Reglamento Financiero y Reglamentación Financiera Detallada de las
Naciones Unidas, en particular con respecto a los límites impuestos por la Asamblea
General para la asignación de fondos a las distintas secciones, a la plantilla y a las
normas y procedimientos aplicables a las cuestiones relativas al personal;
26. Pide al Secretario General que lleve a cabo un análisis detallado de los
sistemas de información, control de la gestión y evaluación necesarios para aplicar las
propuestas contenidas en su informe1, así como de la capacidad y las limitaciones de los
sistemas existentes, y que, por conducto de la Comisión Consultiva, le presente un
informe al respecto cuando presente su proyecto de presupuesto por programas para el
bienio 2002-2003;
27. Destaca que el propósito del Secretario General de centrar la evaluación de
la ejecución de los programas en los logros previstos debe realizarse de una manera
flexible y como complemento del actual sistema de evaluación;
28. Invita al Secretario General a que adopte las medidas apropiadas para
elaborar en forma continua y aplicar un programa de capacitación adecuado a fin de
velar, según proceda, por que el personal domine los conceptos y las técnicas
pertinentes, entre otros, los relativos a la formulación de los logros previstos y los
indicadores de resultados, tal como se describen en su informe.
89a. sesión plenaria
23 de diciembre de 2000
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