Principios y directrices de las Naciones Unidas sobre el acceso a la asistencia jurídica en los sistemas de justicia penal A/RES/67/187 2. Aprueba los Principios y directrices de las Naciones Unidas sobre el acceso a la asistencia jurídica en los sistemas de justicia penal, que figuran en el anexo de la presente resolución, como marco útil para orientar a los Estados Miembros sobre los principios en que se ha de asentar un sistema de asistencia jurídica en materia de justicia penal, teniendo en cuenta el contenido de la presente resolución y que todos los elementos que figuran en el anexo se aplicarán en conformidad con la legislación nacional; Invita a los Estados Miembros a que, en conformidad con su legislación 3. nacional, adopten y fortalezcan medidas para asegurar que se preste asistencia jurídica eficaz, en consonancia con el espíritu de los Principios y directrices, teniendo en cuenta la diversidad de los sistemas de justicia penal de los diferentes países y regiones de todo el mundo y el hecho de que esa asistencia se desarrolla atendiendo al equilibrio global del sistema de justicia penal, así como a las circunstancias de los países y regiones; Alienta a los Estados Miembros a que, cuando proceda, consideren la 4. posibilidad de prestar asistencia jurídica y de proporcionarla en la mayor medida posible; Alienta también a los Estados Miembros a que se basen en los Principios 5. y directrices, según proceda, y en conformidad con el derecho nacional, cuando emprendan iniciativas y adopten medidas a nivel nacional para mejorar el acceso a la asistencia jurídica en los sistemas de justicia penal; Solicita a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito 6. que, a reserva de la disponibilidad de recursos extrapresupuestarios, siga prestando servicios de asesoramiento y asistencia técnica a los Estados Miembros que lo soliciten en la esfera de la reforma de la justicia penal, incluidas la justicia restaurativa, las alternativas al encarcelamiento y la elaboración de planes integrados de prestación de asistencia jurídica; Solicita también a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el 7. Delito que, a reserva de la disponibilidad de recursos extrapresupuestarios, dé amplia difusión a los Principios y directrices, especialmente preparando instrumentos pertinentes tales como manuales y guías de capacitación; Invita a los Estados Miembros y otros donantes a que aporten recursos 8. extrapresupuestarios para los fines descritos supra, de conformidad con las reglas y procedimientos de las Naciones Unidas; 9. Solicita al Secretario General que informe a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, en su 23º período de sesiones, sobre la aplicación de la presente resolución. 60ª sesión plenaria 20 de diciembre de 2012 Anexo Principios y directrices de las Naciones Unidas sobre el acceso a la asistencia jurídica en los sistemas de justicia penal A. Introducción 1. La asistencia jurídica es un elemento esencial de un sistema de justicia penal justo, humano y eficiente que se base en la primacía del derecho. La asistencia jurídica es el fundamento para el disfrute de otros derechos, como el derecho a un 3/22

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