A/RES/60/70
nucleares, lo que ha de conducir al desarme nuclear, que todos los Estados partes se
han comprometido a lograr en virtud del artículo VI del Tratado 14, así como de la
reafirmación por los Estados partes de que la eliminación total de las armas nucleares
es la única garantía genuina contra el uso o la amenaza del uso de las armas
nucleares 15;
12. Pide que se ejecuten plena y efectivamente las trece medidas para lograr el
desarme nuclear que figuran en el Documento Final de la Conferencia de las Partes del
Año 20006;
13. Insta a los Estados poseedores de armas nucleares a efectuar nuevas
reducciones de las armas nucleares no estratégicas, basadas en iniciativas
unilaterales y como parte integrante del proceso de reducción de las armas nucleares
y desarme nuclear;
14. Pide que comiencen inmediatamente las negociaciones en la Conferencia
de Desarme sobre un tratado no discriminatorio, multilateral y verificable
internacional y efectivamente por el que se prohíba la producción de material
fisionable para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares, sobre la
base del informe del Coordinador Especial 16 y el mandato que allí figura;
15. Insta a la Conferencia de Desarme a acordar un programa de trabajo en que
se prevea el comienzo inmediato de las negociaciones sobre un tratado de ese tipo,
con miras a concluir esas negociaciones en un plazo de cinco años;
16. Pide que se concluya un instrumento o instrumentos jurídicos
internacionales sobre garantías de seguridad suficientes para los Estados no
poseedores de armas nucleares;
17. Pide también que entre pronto en vigor y se observe estrictamente el
Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares7;
18. Lamenta que la Conferencia de las Partes del Año 2005 encargada del
examen del Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares no pudiera
alcanzar ningún resultado sustantivo y que en el Documento Final de la Cumbre
Mundial 2005 17 no se hiciera ninguna referencia al desarme nuclear y a la no
proliferación nuclear;
19. Lamenta también que la Conferencia de Desarme, en su período de
sesiones de 2005, no haya podido establecer un comité especial sobre desarme
nuclear, como le había pedido en su resolución 59/104, de 3 de diciembre de 2004;
20. Reitera su exhortación a la Conferencia de Desarme para que establezca
a principios del año 2006, con carácter prioritario, un comité especial que se ocupe
del desarme nuclear y para que entable negociaciones sobre un programa escalonado
de desarme nuclear que culmine en la eliminación total de las armas nucleares;
21. Pide que se convoque en breve una conferencia internacional sobre el
desarme nuclear en todos sus aspectos para determinar y considerar medidas
concretas de desarme nuclear;
_______________
14
Conferencia de las Partes del Año 2000 encargada del examen del Tratado sobre la no proliferación de
las armas nucleares, Documento Final, vol. I [NPT/CONF.2000/28 (Parts I and II) y Corr.1], primera
parte, sección titulada “Artículo VI y párrafos octavo a duodécimo del preámbulo”, párr. 15:6.
15
Ibíd., sección titulada “Artículo VII y la seguridad de los Estados que no poseen armas nucleares”,
párr. 2.
16
CD/1299.
17
Véase resolución 60/1.
5
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