A/RES/58/206
15. Subraya la necesidad de que se preste asistencia para que las mujeres de
los países en desarrollo, y en particular los grupos comunitarios de mujeres, puedan
tener pleno acceso a las nuevas tecnologías, incluida la tecnología de la
información, y utilizarlas para su potenciación;
16. Insta a los Estados a que elaboren y revisen leyes que velen por que se
conceda a la mujer derechos plenos y en pie de igualdad a la posesión de tierras y
otros bienes, entre ellos los transmitidos en herencia, y a que emprendan reformas
administrativas y adopten otras medidas necesarias para dar a la mujer los mismos
derechos que al hombre en lo que respecta al crédito, el capital, las tecnologías
apropiadas, el acceso a los mercados y la información;
17. Exhorta a los gobiernos a que alienten al sector financiero a incorporar
una perspectiva de género en sus políticas y programas, en particular:
a) Explorando opciones viables para ayudar a las personas que viven en la
pobreza, especialmente las mujeres, en particular mediante fondos internacionales
de carácter público o privado;
b) Ideando planes de ahorro que sean atractivos para los pobres, y para la
mujer pobre en particular;
c)
Realizando investigaciones para obtener más información acerca de las
características, las necesidades financieras y el rendimiento de las empresas que
pertenecen a mujeres;
d) Trabajando en pro del trato igualitario de las clientas, mediante una
capacitación amplia de sensibilización en materia de género para el personal en
todos los niveles, y una mejor representación de la mujer en los puestos de
adopción de decisiones;
18. Pide a los gobiernos que velen por la participación plena y en condiciones
de igualdad de la mujer en la adopción de decisiones y en la formulación y
aplicación de las políticas en todos los niveles, para que sus prioridades,
conocimientos especializados y potencial queden debidamente integrados en las
políticas nacionales;
19. Exhorta a los gobiernos a que promuevan, mediante disposiciones
jurídicas y de otro tipo, entornos laborales que sean favorables a la familia y tengan
en cuenta el género, a que faciliten la práctica de la lactancia materna entre las
madres trabajadoras y el suministro de la asistencia necesaria para el cuidado de los
hijos y otros familiares a cargo de las trabajadoras, y a que consideren la posibilidad
de promover, según proceda, políticas y programas para que hombres y mujeres
puedan armonizar sus obligaciones laborales, sociales y familiares;
20. Expresa su preocupación por que la pandemia del VIH/SIDA agrava las
desigualdades de género y las mujeres y las niñas soportan una parte desproporcionada
de la carga impuesta por la crisis del VIH/SIDA, y por que éstas son más proclives a la
infección, desempeñan una función clave en el cuidado de los enfermos y se han
vuelto más vulnerables a la pobreza como consecuencia de la crisis del VIH/SIDA;
21. Exhorta a la comunidad internacional a que procure mitigar los efectos
de la inestabilidad excesiva y los trastornos económicos, que producen efectos
negativos y desproporcionados para la mujer, y a que aumente las oportunidades
comerciales de los países en desarrollo con el fin de mejorar la situación económica
de la mujer;
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