A/HRC/RES/41/10 8. Alienta la colaboración entre los Gobiernos, las organizaciones internacionales, las ONG, las instituciones académicas y de investigación, las fundaciones filantrópicas y el sector privado, y una mayor coherencia de las políticas y las acciones coordinadas mediante enfoques pangubernamentales y que incorporen la salud en todas las políticas, a fin de encontrar soluciones a los problemas de salud, como la necesidad de una labor de investigación y desarrollo orientada a la salud pública, la mejora de los marcos actuales y alternativos para recompensar adecuadamente la innovación, la fijación de precios y asequibilidad de los productos de salud, y el aprovechamiento de tecnologías, incluidas las digitales y soluciones para la salud, que sean innovadoras; 9. Alienta a los Estados a que, en cooperación con otros interesados, redoblen los esfuerzos tendientes a lograr un suministro continuo de productos de salud que sean de calidad, seguros, eficaces y asequibles mediante la investigación y el desarrollo orientados a satisfacer las necesidades de salud pública, para la aplicación y gestión eficientes de las normas sobre propiedad intelectual, realicen una selección de productos de salud basada en datos concluyentes y procuren obtener precios justos y asequibles, adopten medidas acertadas de gestión de las adquisiciones y la cadena de suministro, y promuevan la prescripción, la entrega y el uso racional apropiados de los productos de salud; 10. Reconoce la importancia de capacitar adecuadamente al personal de salud, incluidos los trabajadores sanitarios de las comunidades, mejorar la alfabetización sanitaria a fin de lograr el más alto nivel posible de salud física y mental, y reforzar la cobertura sanitaria universal; 11. Insta a todos los Estados, a los organismos y programas de las Naciones Unidas y a las organizaciones intergubernamentales competentes, especialmente la Organización Mundial de la Salud, en el marco de sus mandatos respectivos, y alienta a las ONG y a los interesados pertinentes, incluidas las empresas farmacéuticas, a que promuevan la innovación en la labor de investigación y desarrollo para hacer frente a las necesidades en materia de salud en los países en desarrollo, incluido el acceso a medicamentos y vacunas seguros, eficaces, de calidad y asequibles, en particular con respecto a las enfermedades que afectan desproporcionadamente a los países en desarrollo, así como a los problemas derivados de la carga creciente que suponen las enfermedades no transmisibles, teniendo en cuenta la Estrategia Mundial y el Plan de Acción sobre Salud Pública, Innovación y Propiedad Intelectual de la Organización Mundial de la Salud; 12. Invita al Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental a que, mientras sigue examinando las múltiples maneras de hacer plenamente efectivo el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, continúe teniendo muy presente la dimensión de derechos humanos del acceso a los medicamentos y las vacunas en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con el mandato; 13. Invita a los Estados Miembros y a todos los interesados, incluidos los órganos, organismos, fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas, los órganos de tratados, los titulares de mandatos de procedimientos especiales, las instituciones nacionales de derechos humanos, la sociedad civil y el sector privado a que promuevan la coherencia de las políticas en las esferas de los derechos humanos, la salud pública, la propiedad intelectual y el comercio y la inversión internacionales al estudiar el acceso a los medicamentos y las vacunas; 14. Solicita a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que: a) Convoque, antes del 46º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, un seminario entre períodos de sesiones de un día de duración sobre las buenas prácticas, las principales dificultades y las novedades en relación con el acceso a los medicamentos y las vacunas como uno de los elementos fundamentales del derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, en coordinación con la Organización Mundial de la Salud; b) Invite a los Estados, los órganos, organismos, fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas, los órganos de tratados, los titulares de mandatos de los 6 GE.19-12330

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