A/RES/50/203 Página 3 interesadas, así como las organizaciones no gubernamentales, deben concretarlas en medidas efectivas, Reconociendo que la Plataforma de Acción debe aplicarse fundamentalmente en el plano nacional, que los gobiernos, las organizaciones no gubernamentales y las instituciones públicas y privadas deben participar en el proceso de aplicación, y que también corresponde un papel importante a los mecanismos nacionales, Teniendo presente que la promoción de la cooperación internacional es esencial para la aplicación efectiva de la Declaración de Beijing y la Plataforma de Acción, Reconociendo que para la aplicación de la Plataforma de Acción se necesita el compromiso de los gobiernos y la comunidad internacional, Reconociendo también el papel central que desempeñaron los Estados, las Naciones Unidas, las comisiones regionales y otras organizaciones internacionales, así como las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de mujeres, en el proceso de preparación de la Conferencia y la importancia de su participación en la aplicación de la Plataforma de Acción, Teniendo en cuenta que el seguimiento de la Conferencia debe tener lugar sobre la base de un planteamiento integrado del adelanto de la mujer y dentro del marco de la aplicación y el seguimiento coordinados de los resultados de las principales conferencias internacionales celebradas en los ámbitos económico y social y otros ámbitos conexos, así como de las funciones generales de la Asamblea General y el Consejo Económico y Social, Teniendo en cuenta su resolución 50/42, de 8 de diciembre de 1995, Expresando su reconocimiento al Secretario General, a la Secretaria General de la Conferencia y al personal de la Secretaría por la eficacia con que prepararon la Conferencia y le prestaron servicios, 1. Toma nota del informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer 12/, aprobado el 15 de septiembre de 1995; 2. Hace suyas la Declaración de Beijing y la Plataforma de Acción aprobadas por la Conferencia; 3. Insta a los Estados, al sistema de las Naciones Unidas y a todos los demás partícipes a que apliquen la Plataforma de Acción y, en particular, promuevan una política activa y visible por la cual se incorpore una perspectiva de género en todos los planos, entre ellos, la formulación, la supervisión y la evaluación de todas las medidas que procedan para aplicar efectivamente la Plataforma; 4. Recalca que incumbe a los gobiernos la responsabilidad primordial por la aplicación de la Plataforma de Acción, que para esos efectos es esencial un compromiso al más alto nivel y que los gobiernos deben asumir una función de avanzada en la coordinación, supervisión y evaluación del adelanto de la mujer; 12/ A/CONF.177/20 y Add.1. /...

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