A/RES/58/190 Reconociendo las contribuciones positivas que con frecuencia aportan los migrantes, incluso al integrarse con el tiempo en la sociedad que los acoge, Teniendo presente la situación de vulnerabilidad en que suelen encontrarse los migrantes y sus familiares debido, entre otras cosas, a que no viven en sus Estados de origen y a las dificultades que afrontan a causa de diferencias de idioma, costumbres y culturas, así como las dificultades económicas y sociales y los obstáculos para regresar a sus Estados de origen a que deben hacer frente los migrantes sin documentación o en situación irregular, Teniendo presente también la necesidad de aplicar un planteamiento preciso y coherente respecto de los migrantes en su calidad de grupo vulnerable específico, especialmente las mujeres y los niños migrantes, Profundamente preocupada por las manifestaciones de violencia, racismo, xenofobia y otras formas de discriminación y trato inhumano y degradante de que son objeto los migrantes, especialmente las mujeres y los niños, en diferentes partes del mundo, Destacando la importancia de crear condiciones que promuevan una mayor armonía entre los migrantes y el resto de la sociedad del Estado en que residen con miras a eliminar las crecientes manifestaciones individuales y colectivas de racismo y xenofobia contra los migrantes que se observan en sectores de muchas sociedades, Tomando nota de la Opinión Consultiva OC-16/99, emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 1° de octubre de 1999, relativa al derecho a la información sobre la asistencia consular en el marco de las garantías del debido proceso legal, en los casos de extranjeros detenidos por autoridades del Estado receptor, Tomando nota asimismo de la Opinión Consultiva OC-18/03, emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 17 de septiembre de 2003, relativa a la condición jurídica y los derechos de los migrantes indocumentados, Alentada por el creciente interés de la comunidad internacional en proteger cabal y eficazmente los derechos humanos de todos los migrantes y subrayando que es necesario tomar nuevas disposiciones para que se respeten los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los migrantes, Tomando nota de la decisión de la Organización Internacional del Trabajo de celebrar un debate general sobre los trabajadores migrantes, basado en un enfoque integrado, en el marco de la Conferencia Internacional del Trabajo que tendrá lugar en Ginebra en junio de 2004, Observa con satisfacción que en la Declaración del Milenio 7 se renueva 1. el compromiso de adoptar medidas para respetar y proteger los derechos humanos de los migrantes, los trabajadores migratorios y sus familiares, eliminar los actos de racismo y xenofobia cada vez más frecuentes en muchas sociedades y promover una mayor armonía y tolerancia en todas las sociedades; Pide a todos los Estados Miembros que, actuando de conformidad con 2. sus respectivos sistemas constitucionales, promuevan y protejan eficazmente los derechos humanos fundamentales de todos los migrantes, de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos1 y los instrumentos internacionales en _______________ 7 2 Véase resolución 55/2.

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