A/RES/65/187
Expresando su aprecio por los esfuerzos y el elevado número de actividades
realizadas por los Estados para eliminar todas las formas de violencia contra la
mujer que han dado como resultado el fortalecimiento de la legislación y los
sistemas de justicia penal nacionales, entre ellas la adopción de planes de acción,
estrategias y mecanismos de coordinación nacionales, la aplicación de medidas de
prevención, incluidas medidas de concienciación y fomento de la capacidad, el
refuerzo de la protección, el apoyo y los servicios proporcionados a las víctimas y
sobrevivientes, y el mejoramiento de la reunión y el análisis de datos,
Poniendo de relieve que sigue siendo un problema el hecho de que los marcos
jurídicos nacionales para prevenir y combatir la violencia contra la mujer no se
apliquen plena y eficazmente, como se señala en el informe del Secretario
General 16,
Reconociendo la importante función de la familia a la hora de prevenir y
combatir la violencia contra las mujeres y las niñas y la necesidad de fomentar su
capacidad para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres
y las niñas,
Reconociendo también el importante papel que desempeña la comunidad, en
particular los hombres y los niños varones, así como la sociedad civil, en particular
las organizaciones de mujeres, en los esfuerzos para eliminar todas las formas de
violencia contra la mujer,
Destaca que por “violencia contra la mujer” se entiende todo acto de
1.
violencia basada en el género que tenga o pueda tener como resultado un daño o
sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de
tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen
en la vida pública como en la vida privada;
Reconoce que la violencia contra las mujeres y las niñas persiste en todos
2.
los países del mundo y constituye una violación generalizada del disfrute de los
derechos humanos y uno de los obstáculos principales al logro de la igualdad entre
los géneros, el desarrollo, la paz y los objetivos de desarrollo convenidos
internacionalmente, en particular los Objetivos de Desarrollo del Milenio;
3.
Acoge con beneplácito el informe del Secretario General16;
4.
Acoge con beneplácito también el hecho de que un elevado número de
Estados Miembros hayan respondido a la solicitud del Secretario General y
proporcionado información respecto de la aplicación de la resolución 63/155, y
espera que los Estados Miembros sigan respondiendo de igual modo a futuras
solicitudes del Secretario General;
Acoge con beneplácito además las iniciativas e importantes
5.
contribuciones realizadas a nivel local, nacional, regional e internacional para
eliminar todas las formas de violencia contra la mujer, entre ellas las del Comité
para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y de la Relatora Especial
sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias;
6.
Secretario
mujeres”,
Secretario
Expresa su aprecio por los progresos logrados en la campaña del
General para 2008-2015, “Unidos para poner fin a la violencia contra las
mediante la puesta en marcha de la Red de Hombres Líderes del
General y la elaboración de un marco de acción en el que se definen los
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A/65/208.
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