A/RES/57/302
Acogiendo con beneplácito la importante contribución del Proceso de Kimberley,
iniciado por los países africanos productores de diamantes,
Observando con reconocimiento que el Proceso de Kimberley ha celebrado sus
deliberaciones con una amplia participación de las partes interesadas, incluidos los Estados
productores, exportadores e importadores, la industria del diamante y la sociedad civil,
Reconociendo que se deben respetar plenamente la soberanía de los Estados y los
principios de igualdad, beneficio mutuo y consenso,
Acogiendo con beneplácito la Declaración de Interlaken,
satisfactoriamente el sistema de certificación del Proceso de Kimberley,
que
inició
1.
Toma conocimiento con aprecio del informe de la Presidencia del Proceso de
Kimberley1, presentado de conformidad con la resolución 56/263, y felicita a los gobiernos
y a los representantes de las organizaciones regionales de integración económica, la
industria organizada del diamante y la sociedad civil que participaron en el Proceso de
Kimberley, por haber ultimado el sistema de certificación del Proceso de Kimberley;
2.
Reconoce que el sistema de certificación del Proceso de Kimberley puede
contribuir a que se apliquen efectivamente las resoluciones pertinentes del Consejo de
Seguridad por las que se imponen sanciones relativas al comercio de diamantes de zonas
en conflicto, y pide que se dé pleno cumplimiento a las medidas aprobadas por el Consejo
contra el comercio ilícito de diamantes en bruto que fomente los conflictos;
3.
Apoya firmemente el sistema de certificación del Proceso de Kimberley
presentado en el documento titulado “Sistema de Certificación del Proceso de Kimberley”;
4.
Observa el compromiso asumido en la reunión ministerial del Proceso de
Kimberley, celebrada el 5 de noviembre de 2002, para velar por que las medidas que se
adopten en aplicación del sistema de certificación del Proceso de Kimberley para los
diamantes en bruto sean compatibles con las normas del comercio internacional3;
5.
Acoge con beneplácito la decisión de aplicar el sistema de certificación del
Proceso de Kimberley desde el 1° de enero de 2003;
6.
Acoge también con beneplácito la decisión de reunir y difundir datos
estadísticos pertinentes sobre la producción de diamantes en bruto y su comercio
internacional, como instrumento para una aplicación eficaz;
7.
Insiste en la importancia fundamental de la participación más amplia posible
en el sistema de certificación del Proceso de Kimberley, que debe alentarse y facilitarse, e
insta a todos los Estados Miembros a que participen activamente en el sistema de
certificación;
8.
Acoge con satisfacción la voluntad expresada por el Gobierno de Sudáfrica de
ejercer la presidencia del Proceso de Kimberley durante su primer año de aplicación;
9.
Pide a la Presidencia del Proceso de Kimberley que le presente, en su
quincuagésimo octavo período de sesiones, un informe sobre la aplicación del Proceso;
10. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo octavo período
de sesiones el tema titulado “El papel de los diamantes en el fomento de los conflictos”.
83ª sesión plenaria
15 de abril de 2003
_______________
3
Ibíd., párr. 3.
3
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