Servicios de agua, saneamiento, higiene, desechos y electricidad sostenibles, seguros y universales en los establecimientos de salud A/RES/78/130 c) Elaborando hojas de ruta, dotándolas de recursos y aplicándolas para que todos los establecimientos de salud puedan tener y mantener servicios de abastecimiento de agua y saneamiento, servicios y prácticas de higiene, servicios de gestión de desechos y servicios de electricidad seguros y sostenibles para todos; d) Asegurando que los servicios de agua, saneamiento, higiene, desechos y electricidad de todos los establecimientos de todos los sectores pertinentes cuenten con presupuestos y recursos adecuados, entre otras cosas para su funcionamiento y mantenimiento y para desarrollar la capacidad del personal, y que tales presupuestos y recursos se monitoreen constantemente y que se presenten informes al respecto; e) Integrando indicadores armonizados sobre los servicios de agua, saneamiento, higiene, desechos y electricidad en los sistemas nacionales de monitoreo y evaluación, y recopilando, analizando y examinando datos sistemáticamente y difundiendo las conclusiones que se deriven de ellos a nivel nacional; f) Desarrollando estructuras y capacitándolas para posibilitar la existencia de mecanismos de coordinación locales y nacionales, según proceda, para la prestación de servicios de agua, saneamiento, higiene, desechos y electricidad, entre otras cosas logrando que los agentes de salud comunitarios apoyen tales esfuerzos y estableciendo vínculos entre las prácticas de higiene en los establecimientos de salud; 2. Invita a las organizaciones internacionales y regionales, las instituciones financieras internacionales y regionales y los organismos de desarrollo que prestan apoyo relacionado con los servicios de agua, saneamiento, higiene, desechos y electricidad a que, según proceda, mejoren la coordinación de sus estrategias y colaboren con la Organización Mundial de la Salud y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, en cuanto organismos coordinadores de los esfuerzos mundiales en materia de servicios de agua, saneamiento, higiene, desechos y electricidad en los establecimientos de salud, así como con otros asociados clave, para seguir aumentando la cobertura de datos mediante la inclusión de indicadores mundiales en los estudios de establecimientos y programas; 3. Insta a los Estados Miembros a que fortalezcan la cooperación internacional en apoyo de los esfuerzos encaminados a financiar, crear, reforzar y mantener la capacidad de los países en desarrollo de mejorar los servicios de agua, saneamiento, higiene, desechos y electricidad en los establecimientos de salud; 4. Reconoce que, para financiar los sistemas de salud, se necesita solidaridad mundial y un esfuerzo colectivo, e insta a los Estados Miembros a que refuercen la cooperación internacional en apoyo de los esfuerzos encaminados a crear capacidad en los países en desarrollo y fortalecerla, entre otras cosas aumentando la asistencia oficial para el desarrollo, el apoyo financiero y técnico y el apoyo a los programas de investigación, desarrollo e innovación; 5. Alienta a todas las entidades pertinentes del sistema de las Naciones Unidas a que promuevan el uso óptimo de los recursos y ayuden a los países en desarrollo que lo soliciten a acelerar los esfuerzos para mejorar los servicios de agua, saneamiento, higiene, desechos y electricidad en los establecimientos de salud; 6. Solicita al Secretario General que, en estrecha colaboración con el Director General de la Organización Mundial de la Salud y la Directora Ejecutiva del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, así como con asociados clave como el Banco Mundial y otras organizaciones pertinentes, fortalezca y apoye, según proceda, limitándose tanto él como los demás actores al ámbito de su mandato, las iniciativas mundiales en curso codirigidas por la Organización Mundial de la Salud y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, a fin de prestar asistencia a los Estados Miembros que la soliciten para lograr unos servicios de agua, saneamiento, 23-25874 5/6

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