A/RES/67/164
Los derechos humanos y la extrema pobreza
Recordando además las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 2/2,
de 27 de noviembre de 2006 7, 7/27, de 28 de marzo de 2008 8, 8/11, de 18 de junio
de 2008 9, 12/19, de 2 de octubre de 2009 10, y 15/19, de 30 de septiembre de 2010 11,
Recordando la resolución 21/11 del Consejo de Derechos Humanos, de 27 de
septiembre de 2012 12, por la que el Consejo aprobó los principios rectores sobre la
extrema pobreza y los derechos humanos 13 como instrumento útil para los Estados
en la formulación y aplicación de políticas de reducción y erradicación de la
pobreza, según proceda,
Reafirmando los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente,
incluidos los Objetivos de Desarrollo del Milenio, acogiendo con beneplácito que se
haya celebrado la Reunión Plenaria de Alto Nivel de la Asamblea General sobre los
Objetivos de Desarrollo del Milenio y recordando el documento final de la Reunión,
contenido en la resolución 65/1, de 22 de septiembre de 2010,
Profundamente preocupada por la persistencia de la extrema pobreza en todos
los países del mundo, independientemente de su situación económica, social y
cultural, y por el hecho de que su alcance y sus manifestaciones, como el hambre, la
trata de seres humanos, las enfermedades, la falta de viviendas adecuadas, el
analfabetismo y la desesperanza, revisten particular gravedad en los países en
desarrollo, aunque reconociendo los importantes progresos conseguidos en varias
partes del mundo en la lucha contra la extrema pobreza,
Profundamente preocupada también por el hecho de que la extrema pobreza se
agrava aún más a causa de la desigualdad entre los géneros, la violencia y la
discriminación, que afectan de forma desproporcionada a las mujeres y las niñas,
Destacando que debería prestarse especial atención a los niños, las personas de
edad, las personas con discapacidad y los pueblos indígenas que viven en la
extrema pobreza,
Preocupada por los problemas del momento, incluidos los derivados de la crisis
financiera y económica, la crisis alimentaria y los constantes problemas de seguridad
alimentaria, así como los crecientes desafíos planteados por el cambio climático y la
pérdida de biodiversidad, y por sus efectos en el aumento del número de personas
que viven en la extrema pobreza y su influencia negativa en la capacidad de todos
los Estados, especialmente los países en desarrollo, de combatir la extrema pobreza,
Reconociendo que la erradicación de la extrema pobreza constituye un desafío
importante en el proceso de globalización y requiere la puesta en práctica de
políticas coordinadas y continuadas mediante la cooperación internacional y una
acción nacional resuelta,
Reconociendo también que los sistemas de protección social contribuyen
decisivamente a la realización de los derechos humanos para todos, en particular
_______________
7
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo segundo período de sesiones,
Suplemento núm. 53 (A/62/53), cap. I, secc. A.
8
Ibid., sexagésimo tercer período de sesiones, Suplemento núm. 53 (A/63/53), cap. II.
9
Ibid., cap. III, secc. A.
10
Ibid., sexagésimo quinto período de sesiones, Suplemento núm. 53 (A/65/53), cap. I, secc. A.
11
Ibid., Suplemento núm. 53A (A/65/53/Add.1), cap. II.
12
Ibid., sexagésimo séptimo período de sesiones, Suplemento núm. 53A (A/67/53/Add.1), cap. II.
13
A/HRC/21/39.
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