A/RES/67/164 Los derechos humanos y la extrema pobreza año 2015, el porcentaje de habitantes del planeta con ingresos inferiores a un dólar de los Estados Unidos por día y el porcentaje de personas que padecen hambre; 7. Reafirma también el compromiso contraído en la Cumbre Mundial 2005 de erradicar la pobreza y promover un crecimiento económico sostenido, un desarrollo sostenible y la prosperidad para todo el mundo, incluidas las mujeres y las niñas 15; 8. Reafirma además el compromiso contraído en la Reunión Plenaria de Alto Nivel de la Asamblea General sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio de acelerar los avances en la erradicación de la pobreza extrema y el hambre para 2015 16; 9. Recuerda que promover el acceso universal a los servicios sociales y brindar niveles mínimos de protección social puede contribuir de manera importante a la consolidación de los beneficios ya logrados en materia de desarrollo y al logro de otros nuevos y que, para proteger los avances en la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, es esencial contar con sistemas de protección social que encaren y reduzcan las desigualdades y la exclusión social y, en este sentido, toma nota de la Recomendación núm. 202 sobre los pisos de protección social, de la Organización Internacional del Trabajo; 10. Alienta a los Estados a que, al concebir, ejecutar, supervisar y evaluar los programas de protección social, velen por la incorporación de la perspectiva de género y la promoción y protección de todos los derechos humanos, en consonancia con sus obligaciones en virtud de las normas internacionales de derechos humanos, mediante este proceso; 11. Alienta también a los Estados a que tomen todas las medidas necesarias para eliminar la discriminación contra todas las personas, en particular las que viven en la pobreza, se abstengan de aprobar leyes, reglamentaciones o prácticas por las que se les deniegue o limite el disfrute de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluidos los derechos económicos, sociales y culturales, y a que velen por que las personas, en particular las que viven en la pobreza, tengan igualdad de acceso a la justicia; 12. Acoge con beneplácito las actividades en curso encaminadas a fortalecer y apoyar la cooperación Sur-Sur y la cooperación triangular y destaca que la cooperación Sur-Sur es un complemento de la cooperación Norte-Sur, a la que no puede sustituir; 13. Alienta a la comunidad internacional a que intensifique sus esfuerzos por hacer frente a las dificultades que contribuyen a la extrema pobreza, incluidas las derivadas de la crisis financiera y económica, la crisis alimentaria y los constantes problemas de seguridad alimentaria, así como los crecientes desafíos planteados por el cambio climático y la pérdida de biodiversidad que afectan a todo el mundo, especialmente a los países en desarrollo, ampliando su cooperación para ayudar a crear capacidad nacional; 14. Reafirma la función indispensable de la educación, tanto académica como no académica, en el logro de la erradicación de la pobreza y otros objetivos de desarrollo previstos en la Declaración del Milenio, en particular la educación básica _______________ 15 16 4/6 Véase la resolución 60/1. Véase la resolución 65/1.

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