A/RES/51/194 Página 3 humanitaria debe proporcionarse de conformidad con los principios de humanidad, neutralidad e imparcialidad, Preocupada por las dificultades creadas por los desastres naturales y situaciones de emergencia similares a los esfuerzos de desarrollo de los países afectados y acogiendo con satisfacción las gestiones del Departamento de Asuntos Humanitarios en el contexto del Decenio Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales, con miras a promover la prevención de los desastres, la preparación para casos de desastres y la mitigación de sus efectos, Elogiando las actividades de los Voluntarios de las Naciones Unidas, y de los "Cascos Blancos", desplegados en el marco de la aplicación de las resoluciones de la Asamblea General 49/139 B, de 20 de diciembre de 1994, y 50/19, de 28 de noviembre de 1995, así como las demás actividades tendientes a mejorar, de conformidad con las resoluciones 46/182 y 50/19, la capacidad para responder de forma rápida y coordinada a los desastres naturales y otras situaciones de emergencia, Reafirmando la necesidad de aumentar la responsabilidad de todos los agentes pertinentes que participan en operaciones de socorro de emergencia, 1. Alienta a los gobiernos a que velen por la coherencia de las directrices impartidas a los órganos rectores de las organizaciones, los fondos y los programas pertinentes del sistema de las Naciones Unidas y a que, de esta forma, promuevan el desarrollo y el fortalecimiento de la cooperación entre dichas organizaciones y el Departamento de Asuntos Humanitarios, aprovechando el mandato, la experiencia, las ventajas y las capacidades disponibles de cada una de ellas, para mejorar la capacidad a nivel de todo el sistema para responder de forma rápida y coordinada a situaciones de emergencia humanitaria complejas y desastres naturales; 2. Insta a todas las organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas a que participen activamente en el proceso de seguimiento establecido en virtud de la resolución 1995/56 del Consejo Económico y Social; 3. Exhorta al Secretario General a que vele por que el Comité Permanente entre Organismos, como contribución al informe que el Secretario General deba presentar al Consejo Económico y Social en su período de sesiones sustantivo de 1997, prepare opciones y propuestas para definir con mayor detalle las competencias operacionales de sus miembros, aprovechando sus respectivos mandatos, experiencia, ventajas y capacidades disponibles, para establecer acuerdos de cooperación a fin de reforzar sus capacidades conjuntas y fortalecer su labor en lo referente al establecimiento de prioridades y a la formulación de estrategias humanitarias coherentes; 4. Pide al Secretario General que incluya en su informe al Consejo Económico y Social en su período de sesiones sustantivo de 1997 recomendaciones del Comité Permanente entre Organismos sobre medidas encaminadas a convertirlo en un mecanismo más eficaz y transparente, bajo la dirección del Coordinador del Socorro de Emergencia, para el proceso de adopción de decisiones sobre coordinación a nivel interinstitucional; 5. Subraya la necesidad de que el Secretario General tenga en cuenta los debates y conclusiones de los diversos órganos rectores mencionados en el párrafo 1 supra, sobre el seguimiento de la resolución 1995/56 del Consejo /...

Sélectionner le paragraphe cible3