A/RES/50/158 Página 5 la Comunidad Económica Africana, el fortalecimiento de las comunidades económicas regionales, y la preparación de los protocolos del Tratado por el que se establece la Comunidad Económica Africana, su popularización y el fortalecimiento de su apoyo institucional; 17. Pide a los organismos del sistema de las Naciones Unidas que realizan actividades en África que incluyan en sus programas en los planos nacional y regional actividades que realcen la cooperación regional en sus respectivas esferas y que faciliten la realización de los objetivos del Tratado por el que se establece la Comunidad Económica Africana; 18. Insta a los organismos del sistema de las Naciones Unidas a que intensifiquen la coordinación de sus programas regionales en África a fin de crear vínculos recíprocos entre ellos y a que velen por la armonización de sus programas con los de las organizaciones económicas regionales y subregionales de África; 19. Destaca la apremiante necesidad de que se adopten medidas adecuadas para asegurar la aplicación eficaz del Nuevo Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo de África en el decenio de 1990, en particular en las esferas de las corrientes de recursos, el alivio de la deuda y la diversificación de las economías africanas; 20. Invita al Secretario General a que vincule estrechamente a la Organización de la Unidad Africana con las actividades complementarias y la supervisión de la ejecución del Nuevo Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo de África en el decenio de 1990, incluido el examen de mitad de período de su aplicación en 1996; 21. Recuerda su resolución 48/214, en cuyo párrafo 10 invitó al Secretario General a que reforzara la capacidad de la Oficina del Coordinador Especial para África y los Países Menos Adelantados del Departamento de Coordinación de Políticas y Desarrollo Sostenible de la Secretaría para supervisar y promover las respuestas del sistema de las Naciones Unidas y de la comunidad internacional a los problemas de desarrollo de África, según se consignan en el Nuevo Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo de África en el decenio de 1990; 22. Toma nota con satisfacción de las recomendaciones formuladas en la reunión entre las secretarías de la Organización de la Unidad Africana y de las Naciones Unidas, celebrada en Addis Abeba del 6 al 9 de noviembre de 1995, y hace suya la decisión de convocar una reunión en Addis Abeba en 1996, con el objeto de examinar y evaluar los progresos logrados en la aplicación de las recomendaciones convenidas en la reunión de noviembre y de emprender una nueva y eficaz acción conjunta; 23. Exhorta a los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas a que velen por asegurar una representación eficaz, justa y equitativa de África en los planos ejecutivo y de formulación de políticas, tanto en sus respectivas sedes como en sus operaciones regionales sobre el terreno; 24. Pide a los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas que presten asistencia a la Organización de la Unidad Africana para fortalecer su capacidad de reunión, análisis y difusión de información mediante la capacitación de personal y la movilización de asistencia técnica y financiera; /...

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