A/RES/51/146 Página 3 3. Reafirma su determinación de seguir tomando todas las medidas necesarias para lograr la completa y rápida eliminación del colonialismo y la fiel observancia por todos los Estados de las disposiciones pertinentes de la Carta, la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales y la Declaración Universal de Derechos Humanos; 4. Afirma una vez más su apoyo a las aspiraciones de los pueblos bajo dominación colonial a ejercer su derecho a la libre determinación, incluida la independencia; 5. Aprueba el informe del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales relativo a su labor realizada en 1996, incluido el programa de trabajo previsto para 19974; 6. Exhorta a todos los Estados, en especial a las Potencias administradoras, así como a los organismos especializados y demás organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, a que apliquen, dentro de las esferas de su competencia, las recomendaciones del Comité Especial para la aplicación de la Declaración y otras resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas; 7. Exhorta a las Potencias administradoras a velar por que ninguna actividad de intereses extranjeros, económicos y de otra índole, en los territorios no autónomos bajo su administración, obstaculice el derecho de los pueblos de esos territorios a ejercer la libre determinación, incluida la independencia; 8. Toma nota de la decisión de algunas Potencias administradoras de cerrar o reducir algunas de las bases militares en los territorios no autónomos; 9. Exhorta a las Potencias administradoras a que eliminen las bases militares restantes en los territorios no autónomos, en cumplimiento de las resoluciones pertinentes de la Asamblea General, y las insta a no incluir a esos territorios en ataques contra otros Estados o en actos de injerencia en los asuntos de éstos; 10. Insta a todos los Estados a que, directamente y mediante sus actividades en los organismos especializados y otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, presten asistencia moral y material a los pueblos de los territorios coloniales, y pide a las Potencias administradoras que, en consulta con los gobiernos de los territorios bajo su administración, tomen medidas para obtener y utilizar eficazmente toda la asistencia posible, tanto bilateral como multilateral, para el fortalecimiento de la economía de esos territorios; 11. Pide al Comité Especial que siga buscando los medios adecuados para la aplicación inmediata y plena de la Declaración y que lleve a cabo las medidas adoptadas por la Asamblea General en relación con el Decenio internacional para la eliminación del colonialismo en todos los territorios 4 A/51/23 (Parte I), cap. I, secc. J; véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo primer período de sesiones, Suplemento No. 23. /...

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