A/RES/56/175 a) Respeten y protejan los derechos humanos y las libertades fundamentales, respeten plenamente el derecho internacional humanitario, particularmente la necesidad de proteger a los civiles y los recintos civiles, y faciliten el retorno, la repatriación y la reintegración voluntaria de los refugiados y las personas internamente desplazadas a sus hogares y se cercioren de que los responsables de las violaciones de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario sean sometidos a la acción de la justicia; b) Se empeñen de inmediato en establecer una cesación del fuego general, duradera y sujeta a control eficaz como primer paso necesario para un arreglo negociado del conflicto, y se comprometan a declarar una cesación del fuego permanente; c) Tomen de inmediato medidas a fin de poner en práctica la Declaración de Principios de 1994 y, en particular, tomen todas las medidas necesarias para la negociación de un acuerdo de cesación del fuego tal como se convino en el párrafo 6 de la Declaración de Principios; d) Reanuden de inmediato las conversaciones de paz y sigan cooperando plenamente con las gestiones que a esos efectos realiza la Autoridad Intergubernamental de Desarrollo; e) Pongan fin de inmediato al empleo de armas, incluidas minas terrestres y el fuego de artillería indiscriminado, contra la población civil, lo cual es contrario a los principios del derecho internacional humanitario; f) Dejen de utilizar milicias tribales que cometen graves abusos de los derechos humanos; g) El Gobierno del Sudán, en particular, ponga fin inmediata e incondicionalmente a los bombardeos aéreos indiscriminados de la población civil e instalaciones civiles, con inclusión de escuelas, hospitales, iglesias, zonas de distribución de alimentos y mercados, que son contrarios a los principios fundamentales de los derechos humanos y el derecho humanitario; h) El Ejército/Movimiento de Liberación del Pueblo Sudanés, en particular, se abstenga de usar locales civiles con fines militares, de apropiarse indebidamente de la asistencia humanitaria y de desviar suministros de socorro, en particular alimentos, para que no lleguen a los civiles que debían recibirlos; i) Den acceso pleno, en condiciones de seguridad y sin trabas a los organismos internacionales y las organizaciones humanitarias para facilitar por todos los medios posibles la prestación de asistencia humanitaria, de conformidad con el derecho internacional humanitario, a todos los civiles que necesitan protección y ayuda, en particular en las montañas Nuba, la Ribera Occidental del Alto Nilo, el Estado del Nilo Azul, Bahr-el-Ghazal y otras zonas en situación difícil dentro del país, sigan cooperando con la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de la Secretaría y con la Operación Supervivencia en el Sudán para brindar esa asistencia, tomen medidas contra los responsables de secuestros de personal de las Naciones Unidas y de organizaciones humanitarias, insta en particular al Ejército/Movimiento de Liberación del Pueblo Sudanés a que deje sin efecto a la brevedad posible las condiciones que ha impuesto a la labor de los organismos internacionales y las organizaciones humanitarias e insta también en particular al Gobierno del Sudán a que deje de utilizar con fines políticos la denegación de autorizaciones de vuelos de asistencia humanitaria; 6

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