A/RES/55/225 2. Decide que, a título experimental, el presupuesto del Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991 sea bienal en el período 2002-2003, decide también mantener en examen la cuestión de la preparación de presupuestos bienales del Tribunal, y pide al Secretario General que le presente un informe en su quincuagésimo octavo período de sesiones acerca de los resultados del experimento y sus consecuencias para el funcionamiento del Tribunal; 3. Observa con satisfacción que una de las ventajas de esa reforma provisional podría ser la utilización en el Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia de contratos de trabajo de dos años de duración; 4. Celebra que recientemente haya mejorado el funcionamiento del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia y alienta a que se sigan tomando disposiciones para introducir mejoras en los ámbitos en que sea necesario; 5. Pide al Secretario General que, con la participación de todos los órganos del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia, presente en su proyecto de presupuesto datos relativos al volumen de trabajo en el ejercicio presupuestario a fin de justificar mejor los recursos que solicita y le pide también que incluya en la presentación del presupuesto información acerca de las necesidades presupuestarias, en particular los objetivos en materia de contratación, capacitación, planificación de audiencias y criterios de rendimiento para las actividades de apoyo; 6. Acoge con satisfacción las medidas que se han tomado hasta la fecha para hacer frente a la cuestión de las peticiones y los alegatos dilatorios, que prolongan las actuaciones judiciales, y alienta al Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia a tomar nuevas medidas para mejorar la fiscalización y supervisión de los abogados defensores; 7. Hace suya la recomendación de la Comisión Consultiva de que las actividades judiciales tengan prioridad en el Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia respecto de las de relaciones públicas y de la asistencia a reuniones externas; 8. Decide retomar, en la continuación de su quincuagésimo quinto período de sesiones, el examen de los recursos necesarios para aplicar las enmiendas al Estatuto del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia, sin perjuicio de la presentación de candidaturas y la elección de los magistrados ad lítem; 9. Decide también consignar en la Cuenta Especial para el Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991 la suma total de 108.487.700 dólares de los Estados Unidos en cifras brutas (96.443.900 dólares en cifras netas) para el año 2001; 10. Decide además que, para financiar la consignación para el año 2001, en la Cuenta Especial se tomen en consideración la suma de 5.873.600 dólares en cifras brutas (5.414.300 dólares en cifras netas), que representa el saldo no comprometido ni utilizado en 1999, la suma de 3.412.000 dólares, que corresponde a los ingresos por concepto de intereses y otros ingresos diversos registrados en el bienio 1998-1999, la suma de 2,5 millones de dólares en cifras brutas (2.227.000 dólares en cifras netas), que representa el saldo no comprometido estimado al final del año 2000, y la estimación de ingresos de 77.200 dólares para el año 2001, que se 2

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