A/RES/50/117
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3.
Pide al Comité Científico y Técnico del Decenio que, en el ámbito
de su labor sobre las capacidades de alerta temprana, siga examinando y
estudiando nuevos conceptos y metodologías científicos y experimentales para
lograr un pronóstico a corto plazo, exacto y oportuno, de los terremotos,
otros desastres naturales y desastres similares con consecuencias
perjudiciales para el medio ambiente, con miras a formular recomendaciones
sobre su aplicabilidad y desarrollo en el contexto de la cooperación
internacional para reducir al mínimo los riesgos que plantea esa clase de
desastres y mejorar la preparación al respecto;
4.
Toma nota de las conclusiones y propuestas formuladas por el
Secretario General en su informe con respecto al mejoramiento de la capacidad
de alerta temprana, una mayor coordinación internacional de su utilización y
un intercambio más eficaz y beneficioso de los conocimientos y la tecnología;
5.
Invita al Secretario General, en particular, a que facilite, con
arreglo a las directrices del Marco Internacional de Acción para el Decenio
Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales 8/, la
elaboración de un marco acordado internacionalmente para mejorar la capacidad
de alerta temprana mediante la formulación de una propuesta concreta relativa
a la creación de un mecanismo internacional eficaz de alerta temprana, que
incluya la transferencia de tecnologías relacionadas con la alerta temprana a
los países en desarrollo, bajo los auspicios de las Naciones Unidas y como
parte de la aplicación del Marco Internacional, de la Estrategia de Yokohama
para un mundo más seguro y de su Plan de Acción;
6.
Invita también al Secretario General a que adopte las medidas
necesarias para que los encargados de adoptar decisiones a los niveles
internacional, nacional, regional y subregional que estén interesados puedan
disponer fácilmente de los datos sobre alerta temprana reunidos bajo los
auspicios de las Naciones Unidas;
7.
Alienta a todos los gobiernos a que emprendan, con el pleno apoyo
del sistema de las Naciones Unidas, exámenes periódicos de sus necesidades y
su capacidad de alerta temprana a nivel nacional y comunitario, en el marco de
la elaboración de las políticas nacionales de mitigación de desastres, a fin
de mejorar la protección de sus poblaciones y sus bienes nacionales;
8.
Pide a la secretaría del Decenio que siga facilitando un enfoque
internacional coordinado para mejorar la capacidad de alerta temprana de
desastres naturales y de desastres similares con consecuencias perjudiciales
para el medio ambiente, en el marco del proceso que culminará con el cierre
del Decenio;
9.
Recomienda que los países donantes den más prioridad en sus
programas de asistencia y sus presupuestos, sobre una base bilateral o
multilateral, a la prevención y mitigación de los desastres y la preparación
al respecto, incluso mediante el aumento de las contribuciones al Fondo
Fiduciario para el Decenio, y que promuevan y faciliten la transferencia de
tecnologías relacionadas con la alerta temprana a los países en desarrollo en
el marco de la aplicación de la Estrategia de Yokohama y de su Plan de Acción;
8/
Resolución 44/236, anexo.
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