A/RES/59/211 acoge una operación de las Naciones Unidas realizada en virtud de la Carta de las Naciones Unidas o de sus acuerdos con organizaciones competentes, Instando a todas las partes que intervienen en conflictos armados a que, de conformidad con el derecho internacional humanitario y, en particular, con las obligaciones contraídas con arreglo a los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 2 y las obligaciones que les imponen sus Protocolos adicionales, de 8 de junio de 1977 3, garanticen la seguridad y protección de todo el personal de asistencia humanitaria y del personal de las Naciones Unidas y su personal asociado, Acogiendo con satisfacción que el número de Estados partes en la Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y el Personal Asociado 4, que entró en vigor el 15 de enero de 1999, haya seguido aumentando hasta sumar setenta y siete, y consciente de la necesidad de promover la universalidad de la Convención, Profundamente preocupada por los peligros y los riesgos a que se enfrentan sobre el terreno el personal de asistencia humanitaria, el personal de las Naciones Unidas y su personal asociado, que realizan su cometido en contextos cada vez más complejos, y por la continua disminución, en muchos casos, del respeto de los principios y las normas del derecho internacional, en particular del derecho internacional humanitario, Expresando profundo pesar por todas las muertes del personal humanitario internacional y nacional y del personal de las Naciones Unidas y su personal asociado que participa en la prestación de asistencia humanitaria, y deplorando profundamente el número cada vez mayor de víctimas que se produce entre este personal en situaciones complejas de emergencia humanitaria, en particular en los conflictos armados y en las situaciones posteriores a los conflictos, Condenando enérgicamente los actos de asesinato y otras formas de violencia, violación y agresión sexual y todas las formas de violencia dirigidas específicamente contra las mujeres, así como los casos de intimidación, atraco a mano armada, secuestro, toma de rehenes, rapto, hostigamiento y arresto y detención ilegales a que se ven expuestos cada vez con mayor frecuencia quienes participan en operaciones humanitarias, al igual que los ataques de convoyes humanitarios y los actos de destrucción y saqueo de sus bienes, Encomiando el valor y la entrega de las personas que participan en operaciones humanitarias, a menudo con un grave riesgo personal, y especialmente del personal de contratación local, Expresando preocupación por el hecho de que los ataques y amenazas contra el personal de asistencia humanitaria, el personal de las Naciones Unidas y su personal asociado son un factor que limita cada vez más la capacidad de la Organización para prestar asistencia y protección a los civiles en cumplimiento del mandato que le encomienda la Carta, _______________ 2 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 75, Nos. 970 a 973. Ibíd., vol. 1125, Nos. 17512 y 17513. 4 Ibíd., vol. 2051, No. 35457. 3 2

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