A/RES/52/54
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Profundamente preocupada por el hecho de que Israel no se haya retirado del Golán sirio, que ha
estado ocupado desde 1967, en contravención de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad
y de la Asamblea General,
Destacando la ilegalidad de la construcción de asentamientos israelíes y las actividades en el Golán
sirio ocupado desde 1967,
Observando con satisfacción la celebración en Madrid, el 30 de octubre de 1991, de la Conferencia
de Paz sobre el Oriente Medio sobre la base de las resoluciones del Consejo de Seguridad 242 (1967), de
22 de noviembre de 1967, 338 (1973), de 22 de octubre de 1973, y 425 (1978), de 19 de marzo de 1978,
y del principio de territorio por paz,
Expresando grave preocupación por la suspensión del proceso de paz en lo que respecta a las vías
de negociación con la República Árabe Siria y el Líbano, y esperando que se reanuden en breve las
conversaciones, desde el punto que se había alcanzado,
1. Declara que Israel, hasta ahora, no ha cumplido la resolución 497 (1981) del Consejo de
Seguridad;
2. Declara también que la decisión israelí de 14 de diciembre de 1981 de imponer su legislación,
jurisdicción y administración en el Golán sirio ocupado es nula y carece de toda validez, como lo confirmó
el Consejo de Seguridad en su resolución 497 (1981), y exhorta a Israel a que la rescinda;
3. Reafirma su determinación de que todas las disposiciones pertinentes del Reglamento que figura
como anexo a la Convención de La Haya de 19073, y del Convenio de Ginebra relativo a la protección
de personas civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de 19492, siguen siendo aplicables al territorio
sirio ocupado por Israel desde 1967, y exhorta a las partes en dichos instrumentos a que respeten y hagan
respetar en toda circunstancia las obligaciones que han contraído en virtud de ellos;
4. Decide una vez más que la continua ocupación del Golán sirio y su anexión de facto constituyen
un obstáculo para el logro de una paz justa, general y duradera en la región;
5. Insta a Israel a que reanude las conversaciones en lo que respecta a las vías de negociación con
la República Árabe Siria y el Líbano y respete los compromisos contraídos y las garantías dadas durante
las conversaciones anteriores;
6. Exige una vez más que Israel se retire de todo el Golán sirio ocupado hasta la línea de 4 de junio
de 1967 en cumplimiento de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad;
7. Insta a todas las partes interesadas, a los copatrocinadores del proceso de paz y a toda la
comunidad a que hagan todos los esfuerzos necesarios para garantizar la reanudación del proceso de paz
y su éxito;
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Véase Dotación Carnegie para la Paz Internacional, Las Convenciones y Declaraciones de La Haya
de 1899 y 1907, Nueva York, Oxford University Press, 1916.
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