A/RES/52/157
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a) Insta a todos los órganos y organismos del sistema de las Naciones Unidas e invita a otras
organizaciones internacionales a que tengan presente el mandato de la Comisión y la necesidad de
evitar la duplicación de esfuerzos y de fomentar la eficiencia, la uniformidad y la coherencia en la
unificación y la armonización del derecho mercantil internacional;
b) Recomienda a la Comisión que, por conducto de su secretaría, siga manteniendo una estrecha
colaboración con los demás órganos y organizaciones internacionales, incluidas las organizaciones
regionales, que realizan actividades en la esfera del derecho mercantil internacional;
7. Reafirma también la importancia que reviste, especialmente para los países en desarrollo, la
labor de formación y asistencia técnica de la Comisión en la esfera del derecho mercantil internacional,
así como la asistencia en la preparación de legislación nacional basada en textos jurídicos de la
Comisión;
8. Expresa la conveniencia de que la Comisión, al patrocinar seminarios y simposios,
intensifique la labor encaminada a proporcionar dicha formación y asistencia técnica y, a este respecto:
a) Expresa su reconocimiento a la Comisión por la organización de seminarios y misiones de
información en Barbados, Egipto, Malasia, la República Democrática Popular Lao, Sudáfrica, Tailandia
y Viet Nam;
b) Expresa su reconocimiento a los Gobiernos cuyas contribuciones permitieron que se
realizaran los seminarios y las misiones de información, e insta a los Gobiernos, a los órganos
competentes de las Naciones Unidas, y a organizaciones, instituciones y particulares a que hagan
contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario para Simposios de la Comisión de las Naciones Unidas
para el Derecho Mercantil Internacional y, cuando corresponda, para la financiación de proyectos
especiales, y a que presten asistencia en alguna otra forma a la secretaría de la Comisión para la
financiación y organización de los seminarios y simposios, en particular en los países en desarrollo, y
para la concesión de becas a los candidatos de países en desarrollo a fin de que puedan participar en
dichos seminarios y simposios;
9. Insta al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y a otros órganos responsables
de la asistencia para el desarrollo, como el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el
Banco Europeo de Reconstrucción y Fomento, así como a los gobiernos en sus programas bilaterales
de ayuda, a que presten apoyo al programa de formación y asistencia técnica de la Comisión y a que
cooperen con la Comisión y coordinen sus actividades con las de ésta;
10. Insta a los Gobiernos, a los órganos competentes de las Naciones Unidas y a organizaciones,
instituciones y particulares a que, con el fin de asegurar la plena participación de todos los Estados
Miembros en los períodos de sesiones de la Comisión y sus grupos de trabajo, hagan contribuciones
voluntarias al fondo fiduciario para la concesión de asistencia para gastos de viaje a los países en
desarrollo que son miembros de la Comisión, a petición de éstos y en consulta con el Secretario
General;
11. Decide, a fin de velar por la plena participación de todos los Estados Miembros en los
períodos de sesiones de la Comisión y en sus grupos de trabajo, continuar examinando, en la Comisión
Principal competente durante el quincuagésimo segundo período de sesiones de la Asamblea General,
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