A/HRC/RES/57/27 b) Agilicen el establecimiento de una comisión nacional de derechos humanos en consonancia con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), prevista por ley en 2016, y la doten de los recursos adecuados para vigilar las violaciones y conculcaciones de los derechos humanos y garantizar la rendición de cuentas a ese respecto, y prevean un proceso de contratación que garantice igualdad de oportunidades para la representación de las mujeres, las personas pertenecientes a grupos marginados y las personas con discapacidad; c) Celebren, cuando sea posible y de manera transparente, elecciones oportunas, libres y limpias con arreglo al principio de un voto por persona en los estados federados y en los distritos; d) Continúen su cooperación con el Representante Especial del Secretario General para Somalia y Jefe de la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en Somalia; e) Colaboren estrechamente con la Experta Independiente sobre la situación de los derechos humanos en Somalia y faciliten sus visitas al país para que pueda cumplir su mandato; f) Fomenten un enfoque inclusivo y accesible de la participación política en el Gobierno Federal y en los estados federados garantizando oportunidades plenas, igualitarias y significativas a las mujeres, los desplazados internos, las personas con discapacidad y las personas pertenecientes a grupos minoritarios y marginados, y un acuerdo sobre un futuro modelo electoral que favorezca la inclusividad en todas las etapas; g) Cumplan su compromiso de reformar el sector de la seguridad, entre otras medidas garantizando la participación activa y significativa de las mujeres en la puesta en marcha de la estructura de seguridad nacional, a fin de que las instituciones y las fuerzas de seguridad somalíes cumplan las disposiciones aplicables del derecho nacional e internacional, así como el derecho internacional de los derechos humanos, también en lo referente a la protección de las personas contra la violencia sexual y de género, entre otras cosas, y a la prevención de las ejecuciones extrajudiciales, y de reforzar la rendición de cuentas interna y externa de todas las instituciones y fuerzas de seguridad pertinentes; h) Velen, para que continúe el apoyo internacional al sector de la seguridad, por que todas las operaciones de seguridad se adhieran a sus obligaciones pertinentes en virtud del derecho internacional humanitario y den prioridad a la protección de los civiles, observando que los esfuerzos de reforma del sector de la seguridad deberían incluir la formación especializada de las fuerzas de seguridad somalíes para prevenir las ejecuciones extrajudiciales, garantizar el control civil de dichas fuerzas y fomentar la confianza de las comunidades locales; i) Refuercen el marco jurídico y operacional de protección de la infancia en Somalia, entre otros medios aplicando rápidamente la Ley de los Derechos del Niño, estudien la posibilidad de que Somalia pase a ser parte en los protocolos facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño y la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño, impidan el reclutamiento y la utilización ilegales de niños en las fuerzas armadas de todo tipo, colaboren con organizaciones especializadas, como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, para que los niños que hayan estado asociados a fuerzas y grupos armados, incluidos los que puedan haber cometido delitos, sean tratados principalmente como víctimas y también garantizar su plena reintegración mediante programas que tengan en cuenta las cuestiones de género y estén basados en la familia y la comunidad, y el acceso a la atención sanitaria, incluida la salud mental y el apoyo psicosocial, y a programas educativos, de acuerdo con los Principios y Directrices sobre los Niños Asociados a Fuerzas Armadas o Grupos Armados, que han sido refrendados por el Gobierno Federal de Somalia, e identifiquen a los autores de dichas violaciones y conculcaciones y les hagan rendir cuentas; j) Aseguren el cumplimiento de la Declaración sobre Escuelas Seguras, que el Gobierno Federal refrendó en octubre de 2015, para garantizar la protección de los establecimientos educativos, los estudiantes y el personal docente; k) Agilicen la aprobación y plena aplicación de las recomendaciones y actividades previstas en el plan de acción nacional sobre las mujeres y la paz y la seguridad 6 GE.24-18728

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