A/RES/57/174
2.
Insta a todos los Estados Miembros a que apliquen el Plan de Acción3 para la
aplicación de la Declaración sobre los principios rectores de la reducción de la demanda
de drogas4 y a que intensifiquen la acción en el plano nacional para combatir el uso de
drogas ilícitas entre su población, especialmente entre los niños y los jóvenes;
3.
Reconoce la función que cabe al Programa de las Naciones Unidas para
la Fiscalización Internacional de Drogas en la formulación de estrategias
orientadas a la acción para ayudar a los Estados Miembros a aplicar el Plan de
Acción para la aplicación de la Declaración y pide al Director Ejecutivo del
Programa que presente a la Comisión de Estupefacientes en su 46° período de
sesiones un informe sobre el seguimiento del Plan de Acción;
4.
Reafirma su determinación de seguir afianzando el mecanismo de las
Naciones Unidas para la fiscalización internacional de drogas, en particular la
Comisión de Estupefacientes, el Programa de las Naciones Unidas para la
Fiscalización Internacional de Drogas, y la Junta Internacional de Fiscalización de
Estupefacientes, a fin de que puedan cumplir sus mandatos, teniendo presentes las
recomendaciones que figuran en la resolución 1999/30 del Consejo Económico y
Social, de 28 de julio de 1999, y las medidas adoptadas y las recomendaciones
aprobadas por la Comisión de Estupefacientes en sus períodos de sesiones 44° y 45°
encaminadas a mejorar su funcionamiento, en particular con respecto a las
resoluciones de la Comisión 44/16, de 29 de marzo de 2001 16, y 45/17, de 15 de
marzo de 2002 7;
5.
Exhorta a todos los Estados a que adopten medidas eficaces, con
inclusión de leyes y reglamentos nacionales y dentro de los plazos fijados, para
afianzar los sistemas judiciales nacionales y realizar actividades eficaces de lucha
contra las drogas en cooperación con otros Estados y de conformidad con las
convenciones de las Naciones Unidas sobre la fiscalización de drogas;
6.
Exhorta a los órganos competentes de las Naciones Unidas, los
organismos especializados, las instituciones financieras internacionales y otras
organizaciones intergubernamentales e internacionales interesadas, en el ámbito de
sus respectivos mandatos, así como a todos los agentes de la sociedad civil, en
particular las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones comunitarias,
las asociaciones deportivas, los medios de comunicación y el sector privado, a que
sigan cooperando estrechamente con los gobiernos en la labor de promover y aplicar
las decisiones adoptadas en el vigésimo período extraordinario de sesiones mediante
campañas de información pública, en particular con respecto a los intentos de
reducir la demanda de drogas;
7.
Exhorta a los gobiernos, los órganos competentes de las Naciones
Unidas, los organismos especializados y otras organizaciones internacionales a que
presten ayuda y apoyo a los Estados que lo soliciten, en particular a los países en
desarrollo, con objeto de incrementar su capacidad para luchar contra el tráfico
ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, teniendo en cuenta los planes y
las iniciativas nacionales;
8.
Insta a todos los Estados a que adopten y apliquen medidas para evitar que se
desvíen productos químicos hacia la fabricación ilícita de drogas, en cooperación con los
órganos internacionales y regionales competentes y, de ser necesario y en la medida de
lo posible, con el sector privado en cada Estado, de conformidad con las metas y los
_______________
16
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2001, Suplemento No. 8
(E/2001/28/Rev.1), cap. I, secc. C.
5
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos