A/HRC/RES/35/10
logrando que los hombres y los niños reconozcan los costos sociales y económicos de la
violencia y el acoso;
j)
Aprovechen las iniciativas de política y de investigación con base empírica y
los enfoques legislativos que apoyen la participación constructiva de los hombres y los
niños en la prevención de la violencia contra las mujeres y las niñas, particularmente en los
ámbitos de la prevención primaria, el fomento de la capacidad de prevención, la educación
colectiva, la labor de divulgación comunitaria, las campañas de movilización y de los
medios de difusión y los programas educativos y planes de estudios sobre la igualdad de
género en la primera infancia;
k)
Midan la efectividad de las políticas y los programas diseñados para prevenir
la violencia contra las mujeres y las niñas y para combatir las desigualdades de género,
incluidos los destinados a promover la participación de los hombres y los niños y a
comprender los cambios de conducta y determinen el costo de la violencia contra las
mujeres y las niñas mediante la reunión de datos y estadísticas de género desglosados,
adecuados y exhaustivos para exponer los costos de la inacción, incluso mediante
actividades de sensibilización;
10.
Exhorta también a los Estados a que adopten medidas inmediatas y eficaces
para dar respuesta a la violencia contra las mujeres y las niñas y proteger a todas las
víctimas y supervivientes y a que:
a)
Velen por que todas las iniciativas de prevención y erradicación de la
violencia contra las mujeres y las niñas que estén destinadas a recabar la participación de
los hombres y los niños se elaboren y promuevan con el objetivo de garantizar que se
otorgue prioridad a las preocupaciones, los derechos, el empoderamiento y la seguridad de
las mujeres y las niñas, así como a su participación efectiva y en pie de igualdad en la
adopción de decisiones a todos los niveles;
b)
Velen por que los recursos para las mujeres y las niñas víctimas de la
violencia de género, ya sean judiciales, administrativos, de políticas u otro tipo de medidas,
como los centros de acogida y las órdenes de protección, se centren en las mujeres, estén
disponibles, sean accesibles y aceptables, tengan en cuenta la edad y el género y se ocupen
adecuadamente de los derechos y las necesidades de las víctimas y supervivientes, en
particular proporcionando información y educación sobre la importancia de proteger la
confidencialidad, evitar la estigmatización, la revictimización o daños adicionales a las
víctimas, conceder un tiempo razonable para que las mujeres víctimas de la violencia traten
de obtener reparación si así lo desean y asegurar unas normas de prueba razonables;
c)
Exijan responsabilidades a las personas que ocupan cargos de autoridad,
como los maestros, los líderes religiosos, las autoridades tradicionales, los políticos y los
agentes del orden, que no cumplan o defiendan las leyes y los reglamentos relativos a la
violencia contra las mujeres y las niñas, con el fin de prevenir ese tipo de violencia y darle
respuesta de una manera que tenga en cuenta el género, para acabar con la impunidad y
evitar el abuso de poder que conduce a la violencia contra las mujeres y las niñas y a la
revictimización de las víctimas y supervivientes de esa violencia;
d)
Adopten medidas prácticas y concretas, en la legislación y en la práctica, para
crear un entorno seguro y propicio donde las mujeres y las niñas puedan denunciar
fácilmente los incidentes de violencia y recibir atención tras esos incidentes, en particular
ofreciendo a los hombres y mujeres, particularmente a los agentes del orden, el personal de
atención de la salud y otros trabajadores de primeros auxilios, capacitación en derechos
humanos para que presten servicios centrados en la mujer y exentos de discriminación y
estigmatización que permitan la recuperación postraumática y prevengan la
revictimización;
e)
Preparen y pongan en práctica servicios de rehabilitación para alentar y
lograr cambios en las actitudes y los comportamientos de los autores de actos de violencia
contra las mujeres y las niñas y reducir las probabilidades de reincidencia, y vigilen y
evalúen sus repercusiones y efectos, sin dejar de centrar su interés en la seguridad, el apoyo
y los derechos humanos de las víctimas y supervivientes;
6
GE.17-11704
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos