A/RES/52/64
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7. Pide además al Comité Especial que continúe investigando el trato de los detenidos en el territorio
palestino ocupado, incluida Jerusalén, y en los demás territorios árabes ocupados por Israel desde 1967;
8.
Pide al Secretario General que:
a) Proporcione al Comité Especial todas las facilidades necesarias, incluidas las que se requieran para
sus visitas a los territorios ocupados, con objeto de que pueda investigar las políticas y prácticas israelíes a
que se hace referencia en la presente resolución;
b) Siga proporcionando el personal adicional que sea necesario para ayudar al Comité Especial en el
desempeño de sus tareas;
c)
Envíe periódicamente a los Estados Miembros los informes mencionados en el párrafo 6 supra;
d) Vele por que se dé la máxima difusión posible a los informes del Comité Especial y a la
información relativa a sus actividades y conclusiones, por todos los medios disponibles, por conducto de la
Oficina de Comunicaciones e Información Pública de la Secretaría y que, cuando sea necesario, reimprima
los informes del Comité Especial que se hayan agotado;
e) Le presente un informe en su quincuagésimo tercer período de sesiones sobre la realización de las
tareas que se le encomiendan en la presente resolución;
9. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo tercer período de sesiones el tema
titulado "Informe del Comité Especial encargado de investigar las prácticas israelíes que afecten a los
derechos humanos del pueblo palestino y otros habitantes árabes de los territorios ocupados".
69a. sesión plenaria
10 de diciembre de 1997