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parentalidad positiva, romper la invisibilidad de la violencia contra los niños,
promover la detección temprana y la denuncia de incide ntes, y fortalecer los
servicios de apoyo y asistir a las víctimas.
72. El apoyo a las medidas legislativas para hacer frente a la violencia contra los
niños sigue siendo una alta prioridad para la Representante Especial. Desde 2006, el
número de países con una prohibición legal completa se ha triplicado con creces,
situándose en más de 50 en 2017, entre los que se encuentran, más recientemen te,
Benin, Eslovenia, Irlanda, Lituania, Mongolia, el Paraguay, el Perú, la República
Democrática Popular Lao y Viet Nam.
73. Se han adoptado importantes medidas legislativas para consolidar los
fundamentos normativos de la protección de los niños contra la violencia y abordar
las manifestaciones concretas de la violencia. En Suecia, se está incorporando la
Convención sobre los Derechos del Niño a la legislación nacional con el fin de que
las disposiciones de la Convención sean plenamente respetadas en todas las
decisiones que afectan a los niños.
74. En Malasia, la aprobación de la Ley de Delitos Sexuales contra Niños de 2017
reforzó la protección de los niños contra los abusos y la explotación sexuales. En la
ley se tipifica como delito la captación de niños para fines sexuales, se promueve su
protección contra el abuso en la red y se les reconoce como testigos competentes en
los casos de delitos sexuales.
75. Chile aprobó una nueva ley que tipifica
psicológico de los niños o de las personas con
penas e introduce nuevas sanciones, como la
delincuentes en los sectores de la educación o
cargos que puedan conllevar una relación directa
como delito el maltrato físico o
discapacidad. La ley endurece las
prohibición de dar empleo a l os
la sanidad o de que ocupen otros
con cualquier víctima.
76. El Brasil aprobó importantes leyes para salvaguardar los derechos de los niños
víctimas y testigos de la violencia. La legislación exige a los gobiernos federal,
estatales y locales que elaboren políticas amplias y coordinadas encaminadas a velar
por el derecho de los niños a no ser objeto de violencia en todos los entornos,
incluido el hogar y la familia. La ley reconoce los siguientes derechos del niño:
acceso a información y asistencia letrada, participación en las decisiones que le
afectan, capacidad de beneficiarse de los servicios de apoyo pertinentes, protección
contra la revictimización, y reparación. También establece mecanismos de
presentación de informes, orientación y denuncia accesibles, seguros, confidenciales
y adaptados a los niños para aquellos que han sido víctima o testigo de la violencia,
en reconocimiento de su derecho a ser escuchados por profesionales capacitados y
en un entorno favorable para ellos. Lo que es más importante, se reconoce el deber
de toda persona que sea testigo o tenga conocimiento de cualquier acto de violencia
física, psicológica o sexual cometido contra un niño en un entorno privado o local
de denunciarlo inmediatamente a las autoridades competentes, que a su vez deberán
ponerlo en conocimiento del fiscal.
77. Continuó la promoción de iniciativas importantes para consolidar los sistemas
nacionales de datos sobre la exposición de los niños a la violencia mediante
encuestas domiciliarias nacionales en Asia y África, en particula r en Camboya,
Filipinas, Kenya, Malawi, Nigeria, la República Democrática Popular Lao y
Zimbabwe. En 2017, se realizó una importante encuesta nacio nal en México y se
están preparando iniciativas similares en Colombia, El Salvador, Guatemala y
Honduras.
78. Estos estudios han ayudado a sacar a la luz la realidad oculta de la violencia en
la vida de los niños y configurar planes de acción nacionales basado s en las pruebas
con el fin de hacer frente a los problemas prioritarios. Esto ha sido fundamental para
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